Medio millón de pesos para ubicar a un prófugo de Vera

El Ministerio de Seguridad de la Nación, ofrece como recompensa la suma de 500.000 pesos, destinada a aquellas personas que brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Héctor Amadeo Ibarra, apodado “Emir”, oriundo de la ciudad de Vera, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el día 20 de marzo de 2015.

“Emir” Ibarra fue condenado el 28 de agosto de 2013, por el Juzgado en lo Penal de Sentencia de Vera, a la pena de 8 años de prisión como autor responsable de los delitos de abuso sexual con acceso carnal, reiterados a menor de 13 años de edad en concurso real y en concurso ideal con promoción de la prostitución de menor de 13 años.

La causa se tramitó ante el Juzgado en lo Penal de Sentencia de Vera, cargo del Doctor Nicolás Julio Muse Chemes, bajo el Expediente No 115/2012 caratulado “1) SÁNCHEZ, JUAN SIMÓN, 2) GOMEZ, MANUEL ANGEL, 3) IBARRA, HECTOR AMADEO, 4) BOLAÑO, RAUL ALFREDO, 5) ORTIZ, OSCAR, 6) BOSSIO, ANGELA S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, ETC” con intervención de la Fiscalía de Cámaras de la Circunscripción Judicial No 4, de la Provincia de Santa Fe, a cargo del Doctor José Antonio Mántaras.

HÉCTOR AMADEO IBARRA

Argentino, titular del D.N.I. N°17.111.331, nacido en Vera, Provincia de SANTA FE, el 16 de noviembre de 1964, hijo de Justino Ernesto Ibarra, y de Micaela Olives; con último domicilio electoral conocido en calle Solís n° 1815 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

LA CAUSA

Cinco hombres y una mujer de la ciudad de Vera fueron condenados a penas que van de los 8 a los 10 años de prisión, por el juez de Sentencia, Nicolás Muse Chemes. El magistrado se expidió sobre el caso que conmovió a nuestra comunidad en el año2011, cuando una nena de tan sólo once años reveló su historia de marginalidad y abusos a la que era sometida.

Entre los imputados, Juan Simón Sánchez fue condenado a 10 años de prisión como autor penalmente responsable de los delitos de “abuso sexual con acceso carnal, reiterados a menor de 13 años de edad, en concurso real, y éstos en concurso ideal con promoción de la prostitución de menor de 13 años”.

Manuel Ángel Gómez, Héctor Amadeo Ibarra y Raúl Alfredo Bolaño recibieron 8 años de cárcel por el mismo delito; mientras que Oscar Ortiz fue condenado a 8 años sumándosele el delito de “promoción de la prostitución de menores de 13 y 18”. Este último contaba con una condena a 3 años de ejecución condicional por lo que la pena unificada alcanzó los 9 años en total.

La mujer, Ángela Bossio, mereció 8 años de prisión al ser considerada “autora penalmente responsable de los delitos de promoción y facilitamiento de la prostitución de menor de trece años”.

MINISTERIO DE SEGURIDAD – RECOMPENSAS

Resolución 775/2018

LA MINISTRA DE SEGURIDAD RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Ofrécese, como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS QUINIENTOS MIL ($ 500.000.-), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con la aprehensión de Héctor Amadeo IBARRA, argentino, titular del D.N.I. N°17.111.331, nacido en Vera, Provincia de Santa Fe, el 16 de noviembre de 1964, sobre quien pesa pedido de captura nacional desde el día 20 de marzo de 2015.

ARTÍCULO 2°

Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°

El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4°

Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°

Instrúyase a las FUERZAS DE SEGURIDAD FEDERALES la difusión y publicación en todas sus formas de los afiches correspondientes a la recompensa ofrecida.

ARTÍCULO 6°

Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.