Tras inédito fallo, mujer gestará al hijo de su hermana

Además de autorizar la fertilización asistida por sustitución, la sentencia aclaró que el niño por nacer será hijo del matrimonio comitente. La decisión fue tomada tras una evaluación interdisciplinaria.

 

Una mujer tucumana gestará en su vientre al hijo de su hermana con dificultades para concebir y su cuñado, tras un fallo inédito en el país. 

La titular del Juzgado Civil en Familia de la Primera Nominación, Karina Lescano De Francesco, autorizó a una familia a realizar la primera reproducción humana asistida de gestación por sustitución. De esta forma, la mujer ayudará a su hermana consíndrome de Rokitansky (agenesia congénita uterina) a concretar su deseo de tener un hijo.

“Se trata de un acto de altruismo claramente humanitario y solidario basado en el amor fraterno”, aludió la magistrada, quien arribó a esta conclusión luego de conocer en persona a todos los intervinientes y valorar los informes interdisciplinarios tanto médicos como psicológicos.

Según informó el sitio El Tucumano, luego de un exhaustivo análisis, “la sentencia no sólo autoriza al matrimonio a realizar la técnica médica de reproducción humana asistida de gestación por sustitución, sino que además declara la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial el cual se establece que la maternidad está determinada por el parto”. 

A su vez dejó en claro la determinada la filiación del niño por nacer como consecuencia de la práctica médica “como hijos del matrimonio” y que así se consigne en toda documentación vinculada a la identidad del pequeño, “en especial la referida a la inscripción en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas”. Asimismo deja establecido el goce de las licencias laborales tanto para el matrimonio comitente – en calidad de progenitores- como para la gestante.

La gestación por sustitución, no se encuentra expresamente regulada en nuestro país, por lo que tampoco se cuenta con una definición legal que la explique. Sin embargo, este hecho no quiere decir que esté prohibida.

De hecho, en sus fundamentos, Lescano de Francesco, citó la existencia de un proyecto de ley en el cual se denonmina “Gestación Solidaria” a un “tipo de técnica de reproducción médicamente asistida de alta complejidad que consiste en el compromiso que asume una persona llamada ‘gestante’, de llevar a cabo la gestación a favor de una persona o pareja, denominada ‘comitentes'”.