Inicio Santa Fe Firman un convenio para articular el funcionamiento de las oficinas del consumidor

Firman un convenio para articular el funcionamiento de las oficinas del consumidor

La Municipalidad firmó un convenio con el gobierno provincial con el fin de articular el funcionamiento de sus respectivas oficinas de Protección y Defensa al Consumidor y Usuario a los fines de velar por el cumplimiento de lo establecido por la Ley Nacional Nº 24.240 de Defensa del Consumidor. La rúbrica se celebró entre el intendente Emilio Jatón y el secretario de Comercio Interior y Servicios dependiente del Ministerio de la Producción, Juan Marcos Aviano.

La rúbrica se celebró entre el intendente Emilio Jatón y el secretario de Comercio Interior y Servicios dependiente del Ministerio de la Producción, Juan Marcos Aviano. Con este acuerdo, los consumidores de la ciudad de Santa Fe podrán optar por iniciar su reclamo ante la Oficina Municipal de Protección y Defensa al Consumidor y Usuario o ante la Dirección Provincial de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, dependiente de la secretaría ya mencionada.

Para el caso de los reclamos iniciados ante la Municipalidad, la audiencia de conciliación que se celebre en dicha instancia se considerará como agotamiento de la etapa conciliatoria prevista en el procedimiento provincial, a los fines de evitar dilaciones y la duplicidad de instancias en el reclamo de los usuarios o consumidores.

 

Simplificación

En los casos en que no se logre un acuerdo entre las partes de la relación de consumo en la instancia conciliatoria en el seno de la Municipalidad, se considerará dicha audiencia como agotamiento de la instancia conciliatoria prevista en el procedimiento provincial. Esto es para brindar a los consumidores y usuarios una atención y resolución de conflictos más ágil y eficaz.

En ese caso, las actuaciones administrativas serán remitidas por la Oficina Municipal de Protección y Defensa al Consumidor y Usuario a la Secretaría de Comercio Interior y Servicios dependiente del Ministerio de Producción, en un plazo no mayor a 15 días hábiles, para su respectivo análisis y eventual instrucción sumarial.

En consecuencia, los expedientes sin acuerdo de partes, derivados por la Municipalidad a la provincia habilitan el procedimiento administrativo destinado a aplicar las sanciones pertinentes en caso de violación al Estatuto de Defensa del Consumidor, conformado por el conjunto de normas aplicables en la materia.

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