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domingo, noviembre 30, 2025
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Prohíben en el país la comercialización de este arroz Santafesino y de un té

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Lo dispuso la Anmat, debido a que no cumplen con la normativa alimentaria vigente.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la comercialización de un té y de un arroz en el país, debido a que no cumplen con la normativa alimentaria vigente.

La información fue publicada en el Boletín Oficial de este miércoles. Los alimentos prohibidos son el Té Matcha Makam Food Orgánico Japonés- Kagoshima libre de gluten, envasado por Daily Matcha- Luciernaga Ltda. Chile, que se estaría comercializando en el establecimiento «Dietética Lo de Perez», sito en Juramento 2112, CABA. El producto también era promocionado en Mercado Libre, informó La Nación.

Por otra parte, se prohibió la comercialización del arroz largo fino de la marca Bramador. Se decidió luego de realizar un programa de monitoreo de la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero en relación al producto.

Profesionales constataron que el arroz no cumplía con la normativa alimentaria vigente al «estar falsamente rotulado por consignar en el rótulo el símbolo de alimento libre de gluten, y no estar autorizado como tal, resultando ser en consecuencia ilegal».

Así, quedó prohibida la comercialización en el país del Arroz largo fino, 100% Natural, calidad 0000, que consigna el símbolo de alimento libre de gluten», marca Bramador, RNPA N° 21-112853, RNE N° 21-112917, elaborador: Cia. Arrocera Santafesina S.A, Ruta Provincial N° 1 km 265, localidad de Alejandra, provincia de Santa Fe.

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