Empleado comunal filmaba a mujeres con una cámara oculta

Un empleado municipal de la localidad de Soldini, cerca de Rosario, fue despedido de su cargo luego de comprobarse que espiaba a mujeres con una cámara en el baño femenino. El acusado está investigado por la Fiscalía en turno y además se le secuestraron gran cantidad de Gigas con material fílmico, que el hombre grababa a través de una birome con microcámara.

La novedad fue confirmada hoy por el presidente comunal de Soldini, Ajelandro Luciani, quien pidió disculpas a la población, sobre todo a las mujeres. “Queremos pedir disculpas por lo sucedido, y quiero que sepan que los empleados no somos todos iguales”, lamentó.

Todo salió a la luz el pasado 30 de agosto, cuando el juzgado de Faltas notifica que una empleada de la comuna había descubierto una cámara abajo del lavabo del baño de mujeres. Sin embargo, los videos secuestrados al inspector en cuestión datan desde 2018. En total, al inspector se le secuestraron 13 DCD con 65 Gigabites de vídeos y fotos de todo tipo, material que se recopiló y se envió a la Fiscalía.

“Ante los gravísimos hechos relatados, la comuna solicitó el apoyo de un equipo de profesionales tanto peritos informáticos forenses como abogados que en todo momento analizamos la situación. En una primera instancia se presentó en la comisaría y luego se elevaron a la Fiscalía interviniente aportando las pruebas que recolectamos”, señaló la Luciani.

Ni bien fue confirmado el mecanismo que utilizaba el inspector en cuestión, la comuna lo suspendió por 90 días sin goce de sueldo, y la semana pasada se procedió a la exoneración de por vida y la inhibición para ejercer cargos públicos.

Por su parte, la abogada de la comuna, Patricia Carreras, indicó: “El perito informático secuestra los discos duros de las computadoras el martes 10 de septiembre con la firma de Cippollone (el inspector exonerado), que daba conformidad.

No obstante, explicó que “la cuestión penal quedó en un momento archivada por cuanto la fiscal interviniente consideró que estos hechos no encuadraban en una figura tipificada en nuestro código penal. Lo cual no significa que no configurara un hecho absolutamente reprochable desde el punto de vista moral y una intrusión a la intimidad que no se puede sostener. También consideró que había sobradas pruebas de los hechos denunciados y de quien es el responsable”.