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Está dirigida contra el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Salud de la Nación. Pidió a la justicia que dicte una cautelar para “evitar la eliminación indiscriminada de vidas de niños concebidos y en período de gestación”. 


Una ONG presidida por un médico presentó este miércoles una acción de amparo para que se declare el “cese de la vigencia hasta su derogación” de la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

En la demanda, dirigida contra el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Salud de la Nación, el médico Gabriel Flores Ciani pidió al juez federal en lo contencioso administrativo Walter Lara Correa que, “de forma inmediata”, dicte una medida cautelar para “evitar la eliminación indiscriminada de vidas de niños concebidos y en periodo de gestación”.

Flores Ciani actúa en representación de la Asociación Civil Centro de Desarrollo y Acción Social Amor en Acción que, según acotó, “tiene por objeto principal la defensa de la vida de seres humanos vulnerables e indefensos, a quienes se los va a matar injustificadamente, como si trataran de extensiones tumorales o forúnculos infectados”.

Durante una conferencia de prensa en el acceso principal al Palacio de Justicia, en Talcahuano 550, junto a su abogado Jorge Pablo Armentano, Ciani aseguró: “Como padre, no estoy dispuesto a avalar que se le imponga a mis hijos, ahijados y sobrinos una educación sexual sesgada y de dudosa moral, como la que se prescribe en el artículo 13 de la ley”, relacionadas con la perspectiva de género y diversidad sexual, dijo en la presentación.

La acción de amparo recordó que el Código Civil argentino establece que “la existencia de la persona humana comienza con la concepción”.

Para Flores Ciani, la ley es “contraria a la misión de la profesión médica, la que exige un respeto absoluto a la dignidad de cada persona y a la inviolabilidad del derecho fundamental a la vida de todo ser humano desde la concepción y hasta la muerte natural”.

Advirtió además que “los médicos y el personal que se desempeñan en el ámbito sanitario” recibirían pacientes que le requieran un aborto y “con la ‘obligación’ de proveerlo dentro de los 10 días” y “en caso de negativa o dilación injustificadas podrían afrontar sanciones penales, civiles y/o administrativas”.

El pasado15 de enero se publicó en el Boletín Oficial la ley 27710 que tiene por objeto regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención posaborto en cumplimiento los compromisos asumidos por el Estado argentino en materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.

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