Está probado que por los excesos de carga la duración del pavimento en rutas se redujo de 10 a 4 años. Por ese motivo, dispusieron severas sanciones para los infractores y titulares de los transportes, desde el 5 de enero.
La Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) y la Dirección Provincial de Vialidad (DPV) serán los encargados de realizar los operativos de control y fiscalización de la carga de los camiones para evitar excesos de peso en rutas de la provincia.
Los controles se enmarcan en el Operativo Verano que lleva adelante la provincia, pero que será sostenido en el tiempo.
El tránsito de camiones con exceso de carga es una transgresión grave comparable a otras que ponen en riesgo a los usuarios de las rutas, porque además de destruir el pavimento, disminuye la seguridad vial y aumenta los peligros por malas maniobras ante el deterioro progresivo de la calzada. El control de esta práctica permite proteger el estado de los corredores viales y resguardar la seguridad de todos.
Circular con una carga excesiva provoca un cambio en el comportamiento dinámico del vehículo; de hecho, se puede comprobar que cuando hay más peso el vehículo reacciona de manera diferente ante la aceleración o la frenada, siendo mucho más retardada. Por este motivo, es muy importante controlar el peso que se lleva en el vehículo.
Entre otras, las consecuencias del exceso de carga son las siguientes:
* Se modifica la dinámica del vehículo.
* Los sistemas de seguridad electrónicos se pueden ver afectados por el mayor peso.
* Los neumáticos y el vehículo en sí no están diseñados para esa cantidad de peso.
* La aceleración también se ve ralentizada.
* Llevar carga en la parte de arriba del vehículo también hace que cambie el punto de gravedad y la aerodinámica.
Sanciones
Por un lado, habrá fuertes sanciones económicas según la gradualidad de los excesos, pero no solo para los conductores del vehículo, también para los titulares del camión. Incluso, también los agentes de cada control estarán habilitados para la retención de la licencia y del vehículo si la infracción lo amerita.
Según la Ley 13169 art. 103 inc. 3 estipula que los vehículos que superen los pesos máximos establecidos en la legislación y reglamentación vigente serán sancionados con hasta 20.000 UF (Unidades Fijas) cuyo valor es el equivalente al cincuenta por ciento (50 %) del menor precio de venta al público de un litro de nafta especial en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino.





