El Senado nacional dio media sanción a la modificación en general a la Ley de Glaciares luego de más de cuatro horas de debate. La media sanción salió con 40 votos a favor, 31 en contra y 1 abstención. Ahora el tema deberá ser analizado por la Cámara de Diputados.
La Libertad Avanza contó con el apoyo de los aliados radicales, del Pro, provinciales y también integrantes del peronismo que responden a provincias mineras: el sanjuanino Sergio Uñac y la catamarqueña Lucía Corpacci.
Una vez aprobada la norma, se inició el debate en particular, que incluiría múltiples modificaciones acordadas a puertas cerradas.
Según informó el sitio Parlamentario, los cambios desataron una fuerte polémica en el recinto cuando pasadas las 15.30 desde el bloque de José Mayans salieron a alertar sobre las modificaciones de los que recién se estaban anoticiando a través de un papel que habían recibido todos los legisladores durante la exposición de los miembros informantes que no habían aludido a dichas modificaciones.
La jornada comenzó temprano con la detención de 12 activistas de Greenpeace, quienes saltaron las rejas e irrumpieron en las escalinatas del Congreso en protesta contra la norma impulsada por el Gobierno.
Con 40 votos afirmativos, 31 negativos y 1 abstención, queda aprobado en general el proyecto de ley que modifica el Régimen de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial
— Senado Argentina (@SenadoArgentina) February 26, 2026
Los puntos del proyecto
Este proyecto que modifica a la Ley 26.639 redefine el artículo 1° para precisar el objeto de protección: los glaciares y geoformas del ambiente periglacial “que cumplan funciones hídricas”, ya sea como reservas estratégicas o como proveedores de agua para la recarga de cuencas. También incorpora una pauta interpretativa que subordina la aplicación de la ley al criterio constitucional de uso racional de los recursos naturales consagrado en el artículo 41.
La norma fue redactada por el Consejo de Mayo y propone, además, la incorporación del principio precautorio: todo glaciar o geoforma incluido en el Inventario Nacional de Glaciares se considerará protegido hasta que la autoridad ambiental competente verifique que carece de funciones hídricas. Esa verificación dependerá exclusivamente de cada provincia, cuya información deberá ser transmitida al IANIGLA (Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales) para actualizar el inventario.
También hay cambios en el régimen de prohibiciones que se aplicarán únicamente sobre los glaciares y geoformas identificados como portadores de funciones hídricas por la autoridad ambiental local. Entre las actividades no permitidas se mantienen la explotación minera e hidrocarburífera, la instalación industrial y el desarrollo de obras que alteren de manera relevante la condición natural del glaciar o su función hídrica.
El texto faculta a las provincias a que determinen, mediante evaluación de impacto ambiental, si un proyecto implica una alteración relevante y, por lo tanto, si no puede autorizarse. Otras de las modificaciones es la exigencia de evaluación de impacto ambiental previa para toda actividad proyectada en glaciares o ambiente periglacial, y habilita evaluaciones estratégicas cuando la escala lo amerite. Se exceptúan únicamente actividades de rescate, científicas no invasivas y deportivas no motorizadas.
Por último, redefine el rol del IANIGLA, que continuará a cargo del Inventario Nacional de Glaciares, pero sujeto a un flujo permanente de información desde las provincias. El Gobierno señala que, a quince años de vigencia de la ley, solo se completó el nivel 1 del Inventario y que aún resta determinar la función hídrica efectiva de las geoformas relevadas.
Fuente: Rosario3






