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lunes, agosto 31, 2026
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Combustibles: el Gobierno volvió a postergar el aumento de impuestos hasta octubre

La medida extiende hasta el 30 de septiembre el diferimiento de las actualizaciones pendientes sobre la nafta y el gasoil. El incremento tributario comenzará a aplicarse desde el 1° de octubre de 2026.

Además

El Gobierno nacional volvió a postergar la aplicación de los aumentos pendientes en los impuestos que gravan los combustibles líquidos y el dióxido de carbono.

La decisión fue oficializada mediante el Decreto 829/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, que extiende hasta el 30 de septiembre el plazo de postergación que vencía a fines de agosto.

De esta manera, los incrementos pendientes en los montos de los impuestos correspondientes a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil comenzarán a tener efecto desde el 1° de octubre de 2026.

Qué aumento se postergó

La actualización que vuelve a ser diferida corresponde a los incrementos pendientes de los años 2024 y 2025, además de los correspondientes al primer y segundo trimestre de 2026.

Los montos fijos de los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono se actualizan de manera periódica de acuerdo con las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) informado por el INDEC.

Sin embargo, distintas normas fueron postergando la aplicación efectiva de esas actualizaciones. Con el nuevo decreto, el Gobierno extendió nuevamente el plazo.

 

 

Qué pasará durante septiembre

Durante septiembre no se aplicará el incremento tributario que estaba previsto para comenzar el 1° de ese mes.

La postergación se mantendrá hasta el 30 de septiembre y, a partir del 1° de octubre, comenzarán a tener efecto los aumentos impositivos pendientes.

La medida, de todos modos, no representa un congelamiento del precio de los combustibles. El decreto establece únicamente el diferimiento de determinados impuestos, mientras que el valor final que pagan los consumidores en los surtidores también está compuesto por otros factores.

El argumento del Gobierno

En los considerandos de la norma, el Poder Ejecutivo sostuvo que la decisión busca continuar estimulando el crecimiento de la economía mediante un sendero fiscal sostenible.

El decreto también señala que las actualizaciones de los impuestos se encuentran vinculadas a la evolución del IPC y recuerda que su aplicación efectiva fue postergada en reiteradas oportunidades desde 2024.

Con esta nueva decisión, el Gobierno fijó el 1° de octubre como la fecha a partir de la cual comenzará a regir el incremento tributario que permanece pendiente.

El régimen diferencial para el gasoil

El decreto mantiene además un esquema diferencial del impuesto sobre los combustibles líquidos para el gasoil destinado al consumo en determinadas regiones.

El beneficio alcanza a Neuquén, La Pampa, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, además de la Antártida e Islas del Atlántico Sur. También comprende al partido bonaerense de Patagones y al departamento mendocino de Malargüe.

El Decreto 829/2026 fue firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Diego Santilli y el ministro de Economía Luis Caputo.

La norma entrará en vigencia el 1° de septiembre de 2026, mientras que los incrementos impositivos que permanecen diferidos comenzarán a tener efectos desde el 1° de octubre.

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