El Concejo Municipal de Santa Fe aprobó una ordenanza que establece un plan progresivo para ordenar el cableado aéreo en la ciudad y avanzar hacia el soterramiento de las redes en los sectores que se definan como prioritarios. La iniciativa busca reducir la contaminación visual, mejorar la seguridad en el espacio público y establecer reglas comunes para las empresas prestadoras de servicios.
La normativa contempla un relevamiento de los tendidos existentes, el retiro de aquellos que estén fuera de uso y la reorganización de las redes que continúen activas. El objetivo es reemplazar la actual superposición de cables por instalaciones identificadas, ordenadas y sujetas a criterios técnicos uniformes.
Durante el debate, la concejala Titi Barletta advirtió sobre los riesgos que generan los cables colgantes y la acumulación de tendidos sin identificar. “El cable que no tiene dueño, se va”, resumió al explicar el mecanismo previsto para detectar a los responsables, retirar las instalaciones abandonadas y avanzar progresivamente, cuadra por cuadra.
Por su parte, el concejal Lucas Simoniello sostuvo que la discusión no pasa por elegir entre cableado aéreo o soterrado, sino por terminar con el desorden existente. Según planteó, el soterramiento seguirá siendo un objetivo, pero deberá desarrollarse mediante una planificación gradual, con información, coordinación y prioridades de intervención.
Tres etapas para ordenar el cableado
La ordenanza establece que el Plan de Reordenamiento del Cableado Aéreo Existente se desarrollará en tres etapas:
- Identificación y catastro: relevar las redes, determinar cuáles están activas e identificar a sus titulares.
- Retiro de cables en desuso: organizar intervenciones por sectores para eliminar tendidos abandonados.
- Reordenamiento del cableado activo: compactar las instalaciones, eliminar redes redundantes y avanzar hacia el soterramiento en las zonas donde se establezca como obligatorio.
Para poner en marcha el proceso, se crea el Registro Único de Infraestructura Aérea de Telecomunicaciones y Energía (RUIA). Las empresas que ocupen el espacio público municipal con cableado o infraestructura aérea deberán inscribirse dentro de los 90 días corridos posteriores a la reglamentación de la ordenanza.
En el registro tendrán que declarar información sobre la ubicación de sus redes, la cantidad y el tipo de cables, las estructuras utilizadas y los responsables técnicos.
Suspensión transitoria de nuevas instalaciones
La norma establece una suspensión por 180 días corridos de las disposiciones vigentes que obligan al soterramiento y del otorgamiento de nuevos permisos para instalaciones aéreas de telecomunicaciones. Ese plazo podrá prorrogarse una sola vez por un período equivalente.
La medida no alcanza a las tareas de mantenimiento, el recambio de redes existentes, las intervenciones de emergencia ni las obras de soterramiento. También se prevén excepciones para determinadas zonas de la ciudad, entre ellas sectores de La Costa.
Durante ese período, la Municipalidad deberá elaborar y remitir al Concejo el plan de reordenamiento, con etapas de trabajo, prioridades y criterios para organizar las intervenciones.
Reglas para las empresas y sanciones por incumplimiento
Las instalaciones nuevas y los recambios deberán ajustarse a criterios técnicos comunes. Entre otras condiciones, los cables tendrán que estar identificados con el nombre de la empresa responsable, mantenerse tensos y organizados en un único paquete, y contar con cruces de calles ordenados, sin recorridos innecesarios.
Además, cada prestadora deberá retirar los cables propios que estén fuera de uso cuando intervenga sobre su infraestructura. Si una empresa no identifica sus tendidos dentro de los plazos establecidos, la Municipalidad podrá considerarlos en desuso y retirarlos conforme al procedimiento previsto.
El régimen sancionatorio incluye apercibimientos, multas, retiro del cableado a cargo de su titular y suspensión o caducidad de permisos ante incumplimientos graves o reiterados.
Una mesa para coordinar las intervenciones
La ordenanza también crea la Mesa Municipal de Abordaje de Tendidos Aéreos y Subterráneos, que realizará el seguimiento del plan, propondrá parámetros técnicos y recomendará zonas prioritarias según criterios urbanísticos, patrimoniales, funcionales y de movilidad.
El espacio estará integrado por representantes del Ejecutivo municipal, el Concejo, la Empresa Provincial de la Energía (EPE), organismos provinciales y nacionales, empresas prestadoras de servicios y universidades con sede en la ciudad, además de otros actores que puedan ser convocados. Sus informes deberán remitirse al Concejo cada seis meses.
En el caso de la EPE, la normativa contempla un régimen específico para garantizar la continuidad y seguridad del servicio eléctrico. Ante fallas imprevistas, riesgos o situaciones que requieran restablecer el suministro, la empresa podrá realizar intervenciones de urgencia sin autorización municipal previa.
La ordenanza establece así un marco para organizar las redes existentes y regular las nuevas instalaciones, con el soterramiento como objetivo progresivo en los sectores que se definan para esa modalidad.







