El Gobierno nacional apeló el fallo judicial que lo obliga a cumplir con la Ley de Financiamiento Universitario, pero la presentación no frenó la ejecución de la medida cautelar que exige aplicar la normativa. La decisión fue adoptada por el juez Martín Cormick, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 11, y ahora será revisada por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal.
Aunque concedió el recurso presentado por las autoridades nacionales, el magistrado dejó en claro que continuará el trámite para exigir el cumplimiento de la medida vigente. En ese sentido, el fallo establece que “se dará continuidad al trámite de ejecución de cumplimiento de la cautelar vigente”.
La resolución mantiene la obligación del Ejecutivo de asignar partidas presupuestarias para garantizar el funcionamiento de las universidades públicas, recomponer los salarios de docentes y trabajadores no docentes y actualizar las becas destinadas a estudiantes.
La Ley de Financiamiento Universitario fue promulgada en octubre de 2025. Sin embargo, su aplicación quedó en el centro de una disputa judicial entre las autoridades nacionales y los sectores que reclaman el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la normativa.
Los argumentos del Gobierno para apelar
El Ministerio de Capital Humano había cuestionado la decisión judicial al considerar que genera “agravios concretos y de significativa gravedad institucional” y que compromete el equilibrio fiscal.
Entre los argumentos presentados, el Gobierno sostuvo que la aplicación de la ley “proyecta efectos presupuestarios de gran magnitud y compromete el equilibrio de las cuentas públicas”. Además, planteó que la normativa no identifica una fuente de financiamiento específica y suficiente para afrontar los gastos previstos.
En su presentación, las autoridades nacionales también señalaron que la ley contempla cubrir las erogaciones mediante reasignaciones presupuestarias. Según el planteo oficial, ese mecanismo podría alcanzar al 90,30% de los créditos disponibles para gastos primarios del Estado.
Por último, el Ejecutivo pidió que las normas vinculadas con la administración y ejecución del gasto público sean interpretadas de manera conjunta. Para ello, hizo referencia a las leyes 24.629, 24.156 y 27.798, que regulan distintos aspectos de la organización presupuestaria y del gasto estatal.
Con la apelación concedida, la Cámara de Apelaciones deberá analizar los cuestionamientos del Gobierno y decidir si confirma o revoca el fallo de primera instancia. Mientras tanto, la cautelar continúa vigente y el trámite judicial para exigir su cumplimiento sigue adelante.





