La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe emitió este lunes dos fallos de fuerte impacto sobre la reforma previsional impulsada por el Gobierno provincial. En una de las resoluciones declaró inconstitucional el tope a las jubilaciones incorporado a la Ley N.º 6.915, mientras que en otra confirmó la constitucionalidad de los aportes solidarios previstos en la Ley N.º 14.283 de Emergencia Previsional.
Ambas decisiones fueron adoptadas por una ajustada mayoría de cuatro votos contra tres, con un papel determinante del ministro Roberto Falistocco, cuyo voto resultó decisivo en los dos expedientes.
El tope jubilatorio fue declarado inconstitucional
Uno de los fallos corresponde al expediente «Ramón», iniciado por un jubilado que promovió una acción judicial contra el límite impuesto a los haberes previsionales por la reforma del sistema jubilatorio santafesino.
La Corte entendió que esa restricción vulnera derechos previsionales y resolvió declarar inconstitucional la aplicación del tope para el caso analizado, dejando sin efecto esa disposición.
La Corte respaldó los aportes solidarios
En el expediente «Lisi», impulsado por una docente jubilada, el máximo tribunal analizó la constitucionalidad del aporte solidario establecido por la Ley de Emergencia Previsional.
En este caso, la Corte confirmó la validez del mecanismo previsto por la normativa y dejó firme la aplicación de los aportes solidarios, rechazando el planteo realizado por la demandante.
Fallos con impacto sobre la reforma previsional
Las resoluciones llegan en un momento clave para el sistema previsional santafesino, a pocas semanas del vencimiento de la Ley de Emergencia Previsional, cuya vigencia está prevista hasta el próximo 13 de septiembre.
Los fallos constituyen un antecedente relevante para otros reclamos judiciales vinculados con la reforma jubilatoria y podrían influir en causas similares que actualmente se encuentran en trámite.
No obstante, las decisiones de la Corte Suprema provincial no cierran definitivamente la discusión. Tanto el Estado santafesino como las partes involucradas conservan la posibilidad de recurrir a la Justicia federal para continuar el proceso judicial y buscar una revisión de los pronunciamientos.





