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Reforma penal en Santa Fe: la Defensora General advirtió sobre cambios que podrían limitar el derecho de defensa

Estrella Moreno Robinson cuestionó en EME algunos puntos de los proyectos de seguridad pública que se debaten en la Legislatura. Defendió el sistema acusatorio adversarial, alertó sobre la posibilidad de tomar declaraciones sin asistencia de un defensor y reclamó más recursos para la Defensa Pública. También sostuvo que es necesario revisar el uso de la prisión preventiva y ampliar las alternativas a la detención.

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La reforma del sistema penal de Santa Fe abrió un debate sobre las herramientas de investigación, las atribuciones de fiscales y jueces y las garantías de las personas imputadas. En ese contexto, la defensora general del Ministerio Público de la Defensa (MPD), Estrella Moreno Robinson, presentó ante la Cámara de Diputados el posicionamiento institucional del organismo y, en diálogo con EME, expresó sus principales reparos y propuestas.

La funcionaria participó de una reunión conjunta de las comisiones de Seguridad Pública y de Asuntos Constitucionales y Legislación General, donde analizó dos iniciativas del Poder Ejecutivo: el proyecto de Herramientas para el Fortalecimiento de la Seguridad Pública y la propuesta para crear un sistema provincial de intervención sobre los mercados ilícitos de dispositivos tecnológicos. También expuso la necesidad de modificar la Ley 13.014, que regula el funcionamiento de la Defensa Pública.

Moreno Robinson sostuvo que las medidas destinadas a mejorar la respuesta frente al delito deben respetar las garantías constitucionales y advirtió que algunas de las propuestas en discusión podrían afectar el derecho de defensa.

 

La defensa, una condición para la validez del proceso penal

Uno de los ejes de su exposición fue la defensa del sistema acusatorio adversarial, incorporado expresamente en la Constitución provincial. Este modelo establece una separación entre las funciones de investigar y acusar, defender y juzgar.

“El Ministerio Público de la Acusación investiga y acusa. El juez decide y controla que se haga todo el procedimiento penal con las garantías debidas. La defensa es quien defiende al imputado”, explicó en EME.

Para la titular del MPD, esa división de funciones resulta indispensable para garantizar un proceso equilibrado. “Sin defensa no puede haber un procedimiento válido. Para que el procedimiento sea válido tiene que haber una defensa, y no cualquier defensa”, remarcó.

En ese sentido, insistió en que el derecho a la defensa debe ser efectivo y no limitarse a la presencia formal de un abogado. Un defensor debe conocer el caso, escuchar la versión de los hechos de la persona imputada, buscar pruebas propias, controlar la legalidad de los elementos reunidos por la Fiscalía y presentar testigos.

“Muchas veces las pruebas no son suficientes, o puede haber otras pruebas que no han sido recolectadas y que hay que aportar”, señaló.

 

 

La preocupación por las declaraciones sin un defensor

Entre los puntos que cuestionó, Moreno Robinson mencionó la posibilidad de que se realicen declaraciones informativas o interrogatorios policiales sin la intervención de un defensor.

Recordó que, desde 2014, en Santa Fe rige el derecho de las personas a mantener una entrevista privada con su abogado antes de declarar y a contar con asistencia durante ese acto. También señaló que las preguntas deben ser claras y precisas, y no pueden ser subjetivas ni capciosas.

“Esa declaración es un acto trascendental. No es, en nuestra tradición jurídica ni en nuestro sistema, una forma de obtener información para la policía. Lo que es, es un acto de defensa”, sostuvo.

La defensora vinculó esa protección con el derecho constitucional a ser oído y con la necesidad de evitar que una persona declare bajo presión. Recordó que tribunales argentinos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han invalidado sentencias sustentadas en confesiones obtenidas mediante torturas, malos tratos o presiones.

“Una persona bajo presión puede decir cualquier cosa”, advirtió.

 

El límite entre las funciones de fiscales y jueces

Otro de los reparos planteados por la funcionaria se relaciona con las facultades que los proyectos podrían otorgar a los fiscales para adoptar determinadas decisiones que afectan derechos individuales.

“Hay ciertas situaciones en el proyecto donde a los fiscales se les atribuyen funciones jurisdiccionales. No estamos de acuerdo con eso”, afirmó.

Como ejemplo, mencionó una disposición que permitiría a los fiscales imponer medidas no privativas de la libertad, en lugar de dejar esa decisión exclusivamente en manos de un juez.

Según explicó, el sistema acusatorio adversarial requiere que las decisiones que afectan derechos de las personas sean tomadas por un magistrado, luego de escuchar tanto a la Fiscalía como a la defensa. Esa instancia permite que las partes expongan sus argumentos y controviertan las posiciones de la otra.

La postura del MPD, señaló, apunta a preservar la imparcialidad judicial, la igualdad entre las partes y el control de las medidas que puedan afectar derechos fundamentales.

 

Más defensores y unidades especializadas

En paralelo a las observaciones sobre la reforma penal, Moreno Robinson respaldó la modificación de la Ley 13.014 para fortalecer la estructura de la Defensa Pública. La iniciativa contempla la creación de ocho cargos de defensores públicos y la conformación de unidades especializadas.

Entre las áreas que se busca desarrollar mencionó el régimen penal juvenil, la ejecución penal y la salud mental. El objetivo es contar con equipos preparados para intervenir en casos complejos y situaciones que requieren conocimientos específicos, además de evitar conflictos de intereses.

La defensora explicó que esos conflictos pueden aparecer especialmente en localidades con defensorías pequeñas, donde una misma oficina debe representar a personas involucradas en situaciones contrapuestas. Puso como ejemplo los casos de violencia institucional: mientras algunas personas que denuncian esos hechos pueden ser defendidas por el MPD, los policías denunciados también tienen derecho a contar con asistencia jurídica.

“Todos los casos debemos tomarlos, porque todo ser humano tiene derecho a la defensa. Por supuesto, los policías tienen derecho a la defensa”, afirmó.

Por eso, consideró importante disponer de defensores especializados que puedan asumir esos casos sin comprometer la actuación de otros integrantes del organismo.

Aunque reconoció que los ocho cargos previstos no alcanzan para cubrir todas las necesidades, calificó la iniciativa como un primer paso y pidió respaldo legislativo para reforzar la institución.

“Ocho defensores no nos alcanzan, pero es un comienzo. Pedí en la Cámara que nos apoyen, porque necesitamos reforzar la defensa pública”, expresó.

Además, rechazó que el fortalecimiento de la Defensa Pública implique favorecer a quienes cometen delitos. “No es ayudar a los delincuentes, es brindar un derecho que mejora el funcionamiento de todo el sistema de justicia”, planteó.

Según argumentó, una defensa adecuada contribuye a mejorar las investigaciones, la acusación y las decisiones judiciales, y beneficia al conjunto de la sociedad.

 

 

Prisión preventiva: “Hay un uso excesivo”

La situación de las personas privadas de la libertad antes de recibir una condena fue otro de los temas abordados por Moreno Robinson. La defensora reiteró sus cuestionamientos al uso de la prisión preventiva, una medida cautelar que, recordó, tiene como finalidad asegurar que la persona llegue al juicio y evitar riesgos procesales, como la fuga o el entorpecimiento de la investigación.

“Cuando asumí, lo primero que dije fue que hay una vulneración, un uso excesivo de la prisión preventiva. Lo sostengo, eso no ha variado”, afirmó.

La funcionaria consideró necesario trabajar en alternativas a la detención, con dispositivos que contemplen situaciones de consumo problemático, salud mental y otras vulnerabilidades sociales. Entre las posibilidades mencionó centros de tratamiento y rehabilitación.

También planteó que la discusión requiere una mirada más amplia sobre las personas que atraviesan procesos penales. Según señaló, no todos los casos de prisión preventiva corresponden a personas acusadas de delitos graves y, en algunas situaciones, la permanencia prolongada en prisión puede incidir en la decisión de aceptar un juicio abreviado.

“Un abreviado tiene que ser un acuerdo que realmente beneficie la postura de nuestro defendido, porque implica una renuncia a su derecho a tener un juicio”, explicó.

Por ese motivo, propuso abrir una instancia de diálogo para analizar qué alternativas puede construir la sociedad frente a las personas sometidas a un proceso penal, siempre dentro de las condiciones que establece la ley para evitar riesgos de fuga o de entorpecimiento probatorio.

 

El debate por la seguridad y las garantías constitucionales

La posición presentada por el Ministerio Público de la Defensa apunta a que las reformas orientadas a fortalecer la seguridad y la persecución penal no debiliten las garantías que deben regir el procedimiento judicial.

Moreno Robinson destacó que la Defensa Pública tiene la responsabilidad de garantizar el acceso a la justicia, la asistencia jurídica integral y una defensa efectiva, especialmente para quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad o no pueden afrontar esos servicios por sus propios medios.

El debate legislativo incluye, de esta manera, dos dimensiones: las herramientas que el Estado necesita para investigar y perseguir delitos y las garantías que deben proteger a todas las personas durante un proceso penal. Para la defensora general, ambas cuestiones deben avanzar de manera compatible, con una división clara de funciones, control judicial y recursos suficientes para que la defensa pueda ejercer su tarea.

 

Escuchá la palabra de Estrella Moreno Robinson en EME:

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