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Ataque en la escuela de San Cristóbal: el MPA apeló el envío del legajo del menor a los Tribunales de Familia

La Fiscalía cuestiona la decisión del juez José Alberto Boaglio, quien remitió el expediente al fuero de Familia tras sobreseer al adolescente por ser menor de 16 años al momento del hecho. El Ministerio Público sostiene que las diligencias pendientes y las medidas que cumple el autor deben continuar bajo control del fuero penal.

Además

El Ministerio Público de la Acusación (MPA) apeló la decisión de remitir a los Tribunales de Familia el legajo penal del menor de edad que protagonizó el ataque armado en la escuela Mariano Moreno de San Cristóbal, ocurrido el 30 de marzo de este año.

El recurso fue presentado el jueves 8 de octubre ante la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Segunda Instancia de Rafaela, luego de que el juez José Alberto Boaglio resolviera enviar el expediente al fuero de Familia en el marco del sobreseimiento que dictó el lunes 5 de octubre.

La resolución no está firme. Ahora, la OGJ deberá fijar la fecha y el horario de la audiencia en la que se tratará la apelación.

 

 

Por qué el juez dictó el sobreseimiento

Según informó el MPA, Boaglio dio por acreditados los hechos atribuidos por la Fiscalía y la participación del adolescente en los ilícitos, así como los daños y padecimientos ocasionados a las víctimas.

Sin embargo, al momento del ataque regía en Argentina una normativa que establecía que los menores de 16 años no eran punibles. Por ese motivo, el magistrado dispuso el sobreseimiento, una decisión que, de acuerdo con la Fiscalía, se ajusta a la legislación vigente cuando ocurrieron los hechos.

La discusión planteada por el MPA no se centra en ese punto, sino en la decisión posterior de remitir el legajo a los Tribunales de Familia.

 

La Fiscalía pide que el caso continúe bajo control penal

Desde el Ministerio Público consideran que el fuero penal debe seguir interviniendo para controlar las diligencias que aún restan realizar y las medidas que cumple el adolescente.

En ese sentido, sostienen que el Código Procesal Penal Juvenil de Santa Fe contempla un procedimiento específico para los menores de edad no punibles y que ese mecanismo debió ser considerado antes de derivar el expediente a la Justicia de Familia.

La apelación buscará que una instancia superior revise la decisión de primera instancia y determine cómo debe continuar el trámite judicial, teniendo en cuenta la condición de no punible del adolescente y la gravedad de los hechos investigados.

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