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El organismo declaró que los productos son ilegales por irregularidades en sus registros. Las dos disposiciones fueron publicadas en el Boletín Oficial.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió un aceite de coco y dos equipos médicos. La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial

Mediante la disposición 7112/2020, el organismo establece la prohibición de “la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO” por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal”.

La investigación surgió después de la denuncia de un consumidor, que señaló irregularidades en el etiquetado del aceite. Las autoridades inspeccionaron una dietética y decomisaron unidades del producto en cuestión. Además, verificaron la oferta de estos productos a través de diversas plataformas de venta online.

Tras la evaluación, la ANMAT concluyó que esta marca de aceite de coco viola el Código Alimentario Argentino y el decreto reglamentario de esa ley, ya que carece de registros de establecimiento y producto.

Por eso, el organismo señala que “no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente”.

Por otra parte, en la disposición 7216/2020 el organismo prohibió del “uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de los productos rotulados como: “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie e6e12b1, lote N4M27J” y “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie 08c6356, lote N4LN22”, sin datos de importador en la República Argentina”.

“Se inician las presentes actuaciones en virtud de que la firma JOHNSON & JOHNSON MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA informó que detectó la comercialización de los productos de la compañía “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie e6e12b1, lote N4M27J” y “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie 08c6356, lote N4LN22, por fuera del canal oficial de distribución”, señaló el organismo.

Y explica además que “los productos mencionados no han sido importados por la JOHNSON & JOHNSON MEDICAL S.A. y, según afirma la empresa y puede observarse en las fotografías remitidas como constancia, los productos no cuentan con la respectiva etiqueta de nacionalización” y que “el producto al que se hace referencia es una grapadora intraluminal, marca ETHICON ENDOSURGERY, cuyo uso se encuentra autorizado para aplicación en el tracto digestivo de las anastomosis de extremo a extremo, de extremo a lado y de lado a lado, de condición de uso “Venta exclusiva a profesionales e instituciones”.

“JOHNSON & JOHNSON MEDICAL S.A. posee registrado el producto bajo el número de PM 16-729 y corresponde a la clase de riesgo III, en los términos de la Disposición ANMAT Nº 2318/02” y en consecuencia “los lotes mencionados no han sido importados por su titular de registro en el país, por lo que se desconoce su legítima procedencia y no puede asegurarse que se trate de productos que cumplan con las especificaciones correspondientes”, indicó el ANMAT.

Es por ello que “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, la prohibición de comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de los productos”.

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