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viernes, julio 31, 2026
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Nuevas medidas: los horarios para cada actividad y para la restricción vehicular

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El decreto del gobernador establece franjas horarias para la mayoría de los rubros permitidos. No se podrá usar el auto por la madrugada. Los detalles

El nuevo decreto del gobernador Omar Perotti con las medidas de convivencia en pandemia establece puntualmente los horarios actividad por actividad y también nuevas restricciones –más acotadas– de circulación vehicular.

El comercio mayorista y minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las 21, con excepción de los kioscos y similares que podrán permanecer hasta las 24.

Los locales gastronómicos podrán abrir viernes, sábados y vísperas de feriados, entre las 6 horas y las 2 del día siguiente. El resto de los días de la semana, entre las 6 de la mañana y la 1 del día siguiente.

Discotecas y locales bailables, salones de fiestas para bailes o similares solo los viernes, sábados y vísperas de feriado entre las 20 y las 3 del día siguiente.

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