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jueves, octubre 31, 2024

La Justicia declaró la admisibilidad del amparo contra una reconocida prepaga

Se trata de la empresa Swiss Medical, la cual fue demanda por uno de sus beneficiarios, frente a su decisión de incrementar un 40% el pago mensual de sus servicios.

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En las últimas horas, la jueza Federal Sylvia Aramberri, declaró la admisibilidad del amparo que presentaron un conjunto de abogados contra una prepaga que aplicó nuevos aumentos en las cuotas de sus usuarios, ante la habilitación del DNU emitido por el presidente Javier Milei.

Se trata de la empresa Swiss Medical, la cual fue demanda por uno de sus beneficiarios, frente a su decisión de incrementar un 40% el pago mensual de sus servicios. Anteriormente, durante el mes de diciembre ya había registrado una suba y por eso ha sorprendido esta decisión de la firma.

 

 

Al respecto, Ariel Bozikovich, abogado del Estudio Jurídico Telo & Bozikovich, explicó en Radio EME los motivos de la demanda: “Un cliente nuestro nos consultó debido a las consecuencias del DNU le notificaron que para el mes de enero iba a haber un aumento del 40% de la cuota, con relación a la cuota de diciembre que ya había tenido un aumento con relación a la de noviembre”. 

A su vez, detalló: “La resolución implica que nos permiten tramitar el amparo. Aún no admitió la medida cautelar. Solamente nos permite realizar el proceso”. 

En tanto, remarcó: “Es el primer caso de muchísimos que se van a venir. La demanda está planteada en la inconstitucionalidad del decreto. No puede pasar ningún filtro judicial porque es contraría a lo que dicta la Constitución como todos los antecedentes de la Corte que le han puesto límite a los presidentes”. 

Asimismo, sostuvo: “También hay que saber que cualquier norma posterior que modifique la relación contractual del consumidor y la empeore, eso no puede aplicarse retroactivamente. Una norma nueva modifica la relación de consumo, solo se puede aplicar para los contratos que se celebren cuando entre en vigencia la norma”.

También, indicó: “Nosotros demandamos a la prepaga como al estado nacional. Cuando uno demanda siempre tiene que hacerlo contra quienes apliquen la norma. En este caso, la prepaga aplica el DNU para incrementar la cuota, es a quien se la tiene que demandar. Podría no hacerlo si mantiene la legislación anterior y no habría ningún problema”.

Por otra parte, comentó: “Cada vez que una persona encuentre que este DNU le vulnera sus derechos de alguna manera, la opción que tiene es hasta el poder judicial y solicitar que en su caso no se aplique el DNU por ser inconstitucional o por algún otro motivo”.

Por último, afirmó: “Derogar una ley por un decreto es inconstitucional”. 

 

Escuchá la palabra de Ariel Bozicovich:

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