El Parlamento de Italia convalidó, en mayo del año pasado, una ley impulsada por el oficialismo mediante la cual se limitó la concesión de la nacionalidad a descendientes italianos en el extranjero. Y si bien con esta normativa se impuso un plazo –que expiraba el 31 de mayo de 2026– para que personas nacionalizadas italianas inscribieran a sus hijos nacidos antes del 25 de mayo de 2025, en las últimas horas se aprobó la prórroga del período de inscripción.
A partir de la modificación de la ley, dicho plazo se extenderá hasta el 31 de mayo de 2029. La enmienda fue impulsada por el diputado ítalo-argentino Franco Tirelli, del Movimiento Asociativo de Italianos en el Exterior (MAIE).
Nuevo régimen para ciudadanías italianas
Tras las modificaciones de la ley 91/92 impuestas por el gobierno de Giorgia Meloni y su ministro Antonio Tajani en mayo de 2025, las reglas para adquirir la ciudadanía italiana cambiaron.
Hasta ese momento, se consideraba que el hijo de un italiano era italiano, y la tradición judicial, consular y administrativa sostenía que esta condición de ciudadano se transmitía en el momento mismo del nacimiento a partir del principio de filiación.
Sin embargo, con el cambio de la ley, los hijos o hijas de italianos dejaron de heredar automáticamente la ciudadanía en caso de haber nacido en el exterior, por lo que su nacionalización quedó sujeta al reconocimiento por parte del Estado italiano.
Esto tuvo como efecto el corte en la cadena de transmisión de la ciudadanía, que pasó a requerir condiciones más específicas para transmitirse de padres a hijos o de abuelos a nietos.
En el caso de padre a hijo, la ciudadanía italiana por el histórico derecho de sangre (iure sanguinis) se transmite en dos circunstancias:
- Si el padre es exclusivamente italiano (no tiene otra nacionalidad desde su nacimiento hasta el momento en que se efectúe la transmisión de la ciudadanía).
- Si el padre no es exclusivamente italiano pero ha vivido al menos 2 años en Italia, en forma continua y regular, antes del nacimiento del hijo que pretende adquirir la ciudadanía.
En casos de transferencia de ciudadanía de abuelo a nieto, por su parte, solo se puede solicitar cuando el abuelo no adquirió a lo largo de su vida ninguna otra ciudadanía que la italiana.
En tanto, bisnietos, tataranietos o choznos de italianos ya no pueden recibir la ciudadanía. Sin embargo, abogados y juristas sostienen que la pérdida del derecho para bisnietos y generaciones posteriores es inconstitucional.
De hecho, la Corte Constitucional italiana llevará adelante el próximo 11 de marzo la primera audiencia pública que evaluará la constitucionalidad de la Ley 74/2025, y la sentencia definitiva podría emitirse entre abril y mayo de 2026.
Fuente: Rosario3





