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jueves, abril 16, 2026
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Promulgaron la nueva Ley Orgánica de Municipios en Santa Fe

La norma fue publicada en el Boletín Oficial tras su sanción en la Legislatura y ya rige en la provincia. Apunta a fortalecer la autonomía local, ampliar competencias y modernizar la gestión de los gobiernos municipales.

Además

El gobierno de Santa Fe promulgó la nueva Ley Orgánica de Municipios, sancionada la semana pasada por la Legislatura provincial. La medida quedó oficializada a través del decreto 711 y con la publicación de la ley 14.436 en el Boletín Oficial, por lo que entró en vigencia de manera inmediata.

La normativa regirá en la mayoría de las localidades santafesinas, con excepción de aquellas que superen los 10 mil habitantes y opten por dictar su propia carta orgánica.

La nueva ley redefine el funcionamiento de los municipios y busca consolidar su autonomía, ampliando sus atribuciones y actualizando herramientas de gestión. En ese marco, establece que los municipios son gobiernos autónomos responsables de administrar los intereses de sus comunidades, con potestad para dictar normas, organizar servicios y planificar el desarrollo territorial.

Entre los principales cambios, la norma amplía el campo de acción de los gobiernos locales, que podrán tener una participación más activa en áreas como planificación urbana, ambiente, desarrollo productivo, salud primaria y políticas sociales. Además, refuerza su rol en la regulación y control de los servicios públicos, con parámetros vinculados a la calidad, la eficiencia y tarifas razonables.

 

 

En materia ambiental, la ley incorpora una mirada vinculada al cambio climático y promueve políticas de sostenibilidad, gestión integral de residuos y utilización de energías renovables. También contempla herramientas para impulsar el desarrollo económico local a través del acompañamiento a la producción, el comercio y el turismo.

La normativa también introduce cambios en la organización institucional de los municipios, con esquemas diferenciados según la cantidad de habitantes. Se mantienen las figuras del intendente en el Poder Ejecutivo y de los concejos o comisiones municipales en el ámbito legislativo, con mandatos de cuatro años y posibilidad de una reelección consecutiva.

Otro de los puntos salientes es el fortalecimiento de los mecanismos de control y transparencia. La ley exige sistemas de fiscalización de las cuentas públicas, con criterios de equilibrio fiscal, rendición de cuentas y control en la administración de los recursos, además de pautas específicas para el presupuesto, las contrataciones y la gestión de bienes municipales.

Por último, la norma incorpora instrumentos de democracia directa y participación ciudadana, como la iniciativa popular, el referéndum, la consulta popular, la revocatoria de mandato y el presupuesto participativo, con el objetivo de ampliar la intervención de los vecinos en las decisiones de gobierno local.

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