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martes, agosto 4, 2026
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La Corte rechazó la queja de la defensa y dejó firme la condena por abusos sexuales contra Juan Trigatti

El máximo tribunal provincial rechazó el recurso presentado por la defensa y dejó firme la sentencia por abusos sexuales contra cinco alumnas. Además, ratificó la prisión preventiva del exprofesor al considerar que persiste el riesgo de fuga.

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La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe rechazó los recursos extraordinarios presentados por la defensa de Juan Francisco Trigatti y dejó firme la condena a 12 años de prisión impuesta al exdocente por delitos de abuso sexual cometidos contra cinco alumnas mientras se desempeñaba como profesor de educación física.

La resolución, firmada el pasado 3 de agosto, desestimó la queja presentada por la defensa al considerar que los planteos formulados no demostraban arbitrariedad ni violaciones constitucionales que justificaran la intervención excepcional del máximo tribunal provincial.

Con este fallo, quedó firme la sentencia que había revocado la absolución dictada en primera instancia y condenó al exprofesor por cuatro hechos de abuso sexual gravemente ultrajante agravados por haber sido cometidos mientras estaba a cargo de la educación de menores, además de un hecho de abuso sexual simple agravado, todos en concurso real.

La Corte rechazó los cuestionamientos de la defensa

Durante el trámite judicial, la defensa sostuvo que la Cámara había incurrido en irregularidades al revocar la absolución, cuestionó la incorporación de escritos de amicus curiae, denunció una supuesta violación al principio de congruencia y objetó la valoración de las pruebas y de los testimonios brindados por las víctimas.

Sin embargo, la mayoría de los integrantes de la Corte entendió que esos argumentos expresaban únicamente una discrepancia con la interpretación realizada por los jueces de instancias anteriores y que no alcanzaban para configurar un supuesto de arbitrariedad.

En ese sentido, el tribunal sostuvo que la condena se encontraba debidamente fundamentada y respaldada por una valoración integral de la prueba producida durante el proceso.

Entre los elementos considerados se encuentran las declaraciones de las víctimas, las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell, testimonios de familiares y profesionales que intervinieron en la causa, además de otras evidencias incorporadas durante el juicio.

También quedó firme la prisión preventiva

En un segundo fallo dictado el mismo día, la Corte Suprema provincial también rechazó el recurso presentado contra la resolución que había confirmado la prisión preventiva de Trigatti.

El tribunal entendió que la gravedad de los hechos, la confirmación de la condena a 12 años de prisión y el estado avanzado del proceso justifican mantener la medida cautelar ante la existencia de riesgo de fuga.

Hubo votos en disidencia

Ambas resoluciones fueron adoptadas por mayoría.

Los ministros Rafael Gutiérrez, Eduardo Spuler y Daniel Weder votaron en disidencia al considerar que los planteos de la defensa debían ser admitidos para su tratamiento en la instancia extraordinaria, aunque sin pronunciarse sobre el fondo de la causa.

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