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Nuevo Régimen Penal Juvenil: comienza a regir la baja de imputabilidad a los 14 años

Desde este sábado 5 de septiembre entra en vigencia el nuevo sistema que reemplaza la normativa de 1980. Los adolescentes mayores de 14 años podrán ser imputados por delitos, aunque continuarán bajo un régimen especial que prioriza la responsabilidad, la educación y la resocialización.

Además

Este sábado comienza a regir en todo el país el nuevo Régimen Penal Juvenil, que reemplaza el esquema vigente desde 1980 y modifica uno de sus aspectos centrales: la edad a partir de la cual un adolescente puede ser responsabilizado penalmente.

A partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa, las personas mayores de 14 años podrán ser imputadas por delitos contemplados en el Código Penal. Sin embargo, no serán sometidas al mismo régimen que los adultos, sino que quedarán alcanzadas por un sistema penal juvenil específico.

El nuevo esquema establece un conjunto de sanciones y medidas orientadas no solo a determinar la responsabilidad por el delito cometido, sino también a promover la educación, la resocialización y la integración social de los adolescentes.

Qué cambia con la nueva ley

Uno de los principales cambios es la reducción de la edad de imputabilidad. Hasta ahora, los menores de 16 años no podían ser responsabilizados penalmente bajo el régimen general. Con la nueva normativa, quienes tengan más de 14 años podrán quedar sujetos a un proceso penal cuando sean acusados de cometer un delito.

Esto no significa que cualquier adolescente que cometa un delito vaya automáticamente a prisión. El régimen contempla distintas respuestas según la gravedad del hecho, las circunstancias del caso y las características del adolescente.

Entre las sanciones alternativas previstas aparecen las reglas de conducta, las restricciones de acercamiento, la reparación del daño ocasionado a la víctima y la participación obligatoria en actividades educativas y comunitarias.

 

 

También se incorpora la amonestación, que consiste en un llamado de atención formal al adolescente, acompañado por otras medidas contempladas en la normativa.

Otra de las herramientas incorporadas es el monitoreo electrónico, que permitirá controlar el cumplimiento de determinadas medidas o sanciones sin recurrir necesariamente al encierro.

Sin prisión perpetua y con un máximo de 15 años

La nueva normativa establece que los adolescentes no podrán recibir penas de reclusión ni prisión perpetua.

El máximo para las penas privativas de la libertad será de 15 años. Además, la ley contempla la posibilidad de acceder a la libertad condicional, aunque para ello deberán haber cumplido los dos tercios de la condena y reunir las condiciones previstas para obtener ese beneficio.

De esta manera, el nuevo régimen busca establecer una respuesta penal específica para los adolescentes, diferenciada de la aplicada a las personas mayores de edad.

Las sanciones deberán estar orientadas a generar responsabilidad por los hechos cometidos y, al mismo tiempo, favorecer procesos de educación, resocialización e integración social.

Cómo será el régimen de encierro

Cuando corresponda una privación de la libertad, los adolescentes deberán permanecer en instituciones especialmente acondicionadas para el cumplimiento de las medidas y con personal especializado.

La normativa establece que los menores de edad no podrán compartir espacios de encierro con personas mayores de 18 años.

Entre las alternativas de alojamiento se contemplan institutos abiertos, establecimientos especializados de detención y, en determinados casos, el arresto domiciliario.

El sistema también mantiene la protección de la identidad de los adolescentes involucrados en procesos penales. No podrán difundirse datos, imágenes o información que permitan identificarlos, como nombres, apodos, filiación, parentesco o domicilio.

Mayor participación de las víctimas

El nuevo régimen también amplía el rol de las víctimas dentro del proceso judicial.

Quienes hayan sufrido un delito podrán participar del trámite y recibir información sobre el avance de la causa, incorporando mayores herramientas de intervención dentro del proceso penal juvenil.

A su vez, la normativa establece la responsabilidad civil de los padres de niños, niñas y adolescentes sometidos a un proceso penal por los daños derivados de los hechos ilícitos que se les atribuyan.

El desafío de implementar el nuevo sistema

Uno de los principales interrogantes que plantea la entrada en vigencia del nuevo régimen está relacionado con la capacidad del sistema judicial para absorber el aumento de causas que podría producir la incorporación de adolescentes de entre 14 y 15 años al sistema penal.

Desde distintos sectores de la Justicia advierten sobre la necesidad de contar con recursos humanos, infraestructura y dispositivos suficientes para aplicar la normativa en todo el territorio nacional.

También existen dudas respecto de la disponibilidad de dispositivos de monitoreo electrónico, la cantidad de supervisores especializados y la infraestructura necesaria para alojar a los adolescentes que eventualmente sean privados de su libertad.

A esto se suma la necesidad de articular la nueva legislación nacional con los sistemas procesales de cada provincia y con el Código Procesal Penal de la Nación.

Para acompañar la puesta en funcionamiento del nuevo régimen, el Congreso de la Nación estableció una partida presupuestaria de $23.739.155.303,08.

Mientras algunas provincias avanzaron con protocolos, mesas de trabajo y proyectos destinados a adecuar sus sistemas, también continúan las conversaciones entre distintos organismos judiciales y el Ministerio Público Fiscal para establecer criterios comunes de aplicación.

Así, desde este sábado comienza una nueva etapa en materia de Justicia Penal Juvenil en Argentina, con un cambio sustancial en la edad de imputabilidad y un sistema que deberá demostrar en la práctica si cuenta con las herramientas necesarias para combinar responsabilidad penal, protección de derechos y resocialización de los adolescentes.

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