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La Corte santafesina rechazó un recurso para revisar la condena a 14 años por abusar de su hijo en Avellaneda

El máximo tribunal provincial denegó por unanimidad el planteo de la Defensa, que buscaba llevar el caso ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El hombre había sido condenado por delitos contra la integridad sexual y amenazas coactivas.

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La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe denegó un recurso extraordinario presentado por la Defensa de un hombre condenado a 14 años de prisión por abusar sexualmente de su hijo en la ciudad de Avellaneda, departamento General Obligado. De esta manera, rechazó la posibilidad de que la sentencia sea revisada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

La decisión fue adoptada por unanimidad por los integrantes del máximo tribunal provincial, que ya habían confirmado la condena en abril de este año. La presentación había sido realizada por la Defensa con el objetivo de cuestionar el fallo ante la instancia judicial nacional.

El condenado tiene 45 años y cumple una pena de 14 años de prisión. En mayo de 2024 había sido absuelto en un juicio oral, pero cinco meses después recibió la condena en una segunda instancia. Posteriormente, la sentencia fue ratificada por otro tribunal de la Alzada en junio de 2025 y por la Corte Suprema de Santa Fe en abril de 2026.

La investigación estuvo a cargo de la Fiscalía Regional 4 y la fiscal regional interina, Georgina Díaz, representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) durante todo el proceso judicial.

 

 

Según recordó Díaz, el hombre abusó de su hijo durante el período en que la víctima cursaba la escolaridad primaria. La condena fue impuesta por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la convivencia y las responsabilidades de guarda y educación, además de haber causado un grave daño en la salud del niño; promoción de la corrupción agravada por tratarse de una víctima menor de 13 años y ser su ascendiente; y amenazas coactivas.

 

Los fundamentos del rechazo

En la resolución, la Corte provincial consideró que la Defensa no presentó una crítica suficientemente fundamentada contra la sentencia cuestionada. En ese sentido, sostuvo que no realizó una impugnación prolija y razonada del fallo ni logró demostrar una relación directa e inmediata entre las normas invocadas y las cuestiones debatidas y resueltas en el expediente.

Además, los magistrados señalaron que los cuestionamientos planteados expresaban una disconformidad con la interpretación de los hechos, las pruebas y el derecho común realizada por los tribunales que intervinieron anteriormente.

Para el máximo tribunal santafesino, esos argumentos no permitían acreditar la existencia de una cuestión constitucional que justificara habilitar la instancia extraordinaria ante la Corte nacional.

 

Resguardo de la identidad

Las iniciales del condenado son CEL. Su nombre completo no se publica para evitar la revictimización de su hijo, quien comparte el mismo apellido.

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