Causa Sain: la justicia resolvió la duplicidad de los plazos pero ordenó el conocimiento pleno de la investigación

Para los fiscales, el fallo del juez Creus podría derivar en el conocimiento de datos sensibles de las presuntas víctimas de espionaje ilegal.


El Juez del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Santa Fe, Sebestián Creus, dispuso en una resolución hecha conocer este miércoles, que los fiscales del MPA que llevan adelante una investigación contra ex-funcionarios de la provincia de Santa Fe, permitan el acceso total a la información contenida en el legajo fiscal que tiene como principal investigado al ex- ministro y director del OI, Marcelo Saín.

También en su resolución hizo lugar al pedido de los fiscales para imprimir la duplicidad de plazos a todos los actos procesales en curso, desde la fecha impresa en la resolución.

Cabe recordar que Creus había dispuesto la unificación de distintos recursos deducidos contra las resoluciones judiciales de primera instancia en las que intervinieron los Dres. Falkenberg (22 de dicimbre de 2021), Rosana Carrara (3 de febrero de 2022) y Jorge Patrizzi (10 de febrero de 2022), por haber sido recurridas por las Defensas Técnicas y la Acusación Penal en uno y otro caso, respecto del procedimiento extendido para la investigación, duplicación de plazos (Art. 346 CPP ), y el levantamiento de la reserva de las actuaciones dispuesta, en último caso, para garantizar el derecho del/los imputados de acceder a la investigación en curso.

En aquella primera resolución, se esgrimió “que no sólo el sentido común obliga a sostener que, tratándose de una pretensión común, en una misma investigación, por los mismos hechos, aún cuando tenga múltiples individuos investigados, resulta necesario tener decisiones comunes, lo cual sólo es posible lograrlo con un único Tribunal. De hecho, de las distintas resoluciones impugnadas ya surgen contradicciones que resultan incoherentes con el debido proceso dado que, para algunos imputados se ha decidido el cese de la reserva de la investigación y para otros no, agregándose la trascendencia pública e institucional de los hechos en averiguación, lo cual reclama rapidez en el procedimiento”, señaló el juez de alzada penal.

Ahora, en esta segunda resolución judicial, el magistrado sostuvo que “resulta conveniente, para seguir una lógica procesal razonable, separar, por un lado, el análisis del auto interlocutorio que ordena el procedimiento extendido de aquellas otras dos que deniegan a las Defensas tomar conocimiento de las evidencias colectadas, hasta ahora, en la investigación, sin perjuicio de, en un capítulo aparte, brindar fundamentos que revelan la influencia mutua en el proceso de todas las resoluciones recurridas”.

Además, el juez Creus argumentó para confirmar la resolución que ordena el levantamiento de reserva de las actuaciones solicitado por una de las defensas técnicas que “el conocimiento de las evidencias reunidas durante la investigación por parte de la Defensa tiene una razón de ser evidente. Si no sabe o no conoce cuales son las futuras o actuales pruebas de cargo, no puede defenderse y, con ello, se imposibilita la garantía constitucional de Defensa en juicio”.

En tanto, sobre esta última decisión del juez, los fiscales emitieron un comunicado donde advierten que la Fiscalía ya había dispuesto –antes de la realización de la audiencia de apelación– que dichas evidencias estén disponibles para los abogados defensores y para los querellantes.

Sin embargo, advierten que la resolución ordena entregar copias de toda la información que documenta la investigación –lo que incluye datos personales y privados de miles de ciudadanos santafesinos e instituciones– a los abogados defensores y a las personas actualmente investigadas como integrantes de una asociación ilícita dedicada a la obtención, almacenamiento y producción ilícita de tal información.