La Justicia Federal de Santa Fe rechazó una acción de amparo presentada por organizaciones ambientalistas y referentes sociales que solicitaban la suspensión de la licitación de la Hidrovía Paraguay-Paraná hasta la realización de estudios integrales de impacto ambiental sobre toda la cuenca del río Paraná.
La resolución fue dictada por el juez federal Gastón Salmain, quien concluyó que no existían elementos suficientes para demostrar una ilegalidad manifiesta en las medidas adoptadas por el Gobierno nacional en relación con el proceso licitatorio.
De esta manera, también quedaron desestimados los pedidos de suspensión del Decreto 709/2024 y la declaración de inconstitucionalidad del DNU 699/2024, normativas vinculadas a la administración, dragado y señalización de la principal vía navegable del país.
Respaldo judicial al proceso licitatorio
En los fundamentos de la sentencia, el magistrado sostuvo que las diferencias técnicas, ambientales o políticas planteadas por los demandantes no constituyen, por sí solas, una causal suficiente para que la Justicia intervenga mediante una acción de amparo.
Asimismo, remarcó que la protección del ambiente debe compatibilizarse con otras actividades estratégicas para el desarrollo nacional, como la producción, la infraestructura y el comercio exterior.
Según señaló, el rol del Poder Judicial consiste en controlar la legalidad de las decisiones administrativas, pero no reemplazar a los organismos competentes en la definición de políticas públicas.
La Hidrovía, eje del comercio exterior argentino
Uno de los aspectos destacados del fallo es la consideración de la Hidrovía como una infraestructura fundamental para la economía nacional.
El juez advirtió que una eventual paralización del proceso licitatorio podría generar consecuencias institucionales y económicas significativas, teniendo en cuenta que por esa vía circula cerca del 80% de las exportaciones argentinas.
En ese sentido, sostuvo que cualquier medida que implique detener completamente el proceso debe analizarse con especial prudencia y contemplando el interés público involucrado.
La licitación avanza hacia la adjudicación
La decisión judicial llega en un momento clave para la concesión de la Vía Navegable Troncal. Tras la apertura de las ofertas económicas, el Gobierno nacional difundió recientemente el dictamen de preadjudicación que recomienda otorgar la concesión al consorcio conformado por la empresa belga Jan De Nul y Servimagnus.
Ahora se abre una etapa destinada a la presentación de observaciones e impugnaciones antes de la adjudicación definitiva del contrato.
Cuestionamientos y debate ambiental
A pesar del avance del proceso, continúan los cuestionamientos sobre distintos aspectos de la licitación. Entre ellos, observaciones formuladas por la Procuraduría de Investigaciones Administrativas respecto de la transparencia y algunas condiciones establecidas en los pliegos.
No obstante, el magistrado entendió que esos planteos no constituyen pruebas suficientes para justificar la suspensión judicial de la licitación.
Al mismo tiempo, aclaró que el rechazo del amparo no implica una autorización irrestricta para futuras obras. Por el contrario, recordó que cualquier proyecto de ampliación, profundización o modificación de la Hidrovía deberá cumplir con las evaluaciones ambientales exigidas por la legislación vigente.
De esta manera, el fallo elimina uno de los principales obstáculos judiciales que enfrentaba el proceso y permite al Gobierno nacional continuar con los pasos finales para adjudicar una de las concesiones de infraestructura más relevantes del país.





