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Reforma Constitucional: se conocieron los dictamenes que cambian el régimen municipal

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No hubo acuerdo en la comisión respectiva sobre autonomías municipales y la mayoría oficialista logró plasmar su criterio luego de varias horas de debates y cuartos intermedios.

 

La comisión de Régimen Municipal, Derecho a la Ciudad y Ordenamiento Territorial concluyó ayer con varios dictámenes para reformar el municipalismo santafesino.

En lo que refiere a autonomías municipales, el proyecto de la mayoría de convencionales de Unidos fue suscripto por el oficialismo pero no por sectores opositores que pedían resolverlo el próximo jueves, incluso algunos de ellos se retiraron del recinto de discusión.

El dictamen indica en sus principales trazos modificatorios del artículo 106 de la constitución santafesina que “todo núcleo de población organizado como comunidad con vida propia se constituye como municipio». De esto se desprende que ya no habrá comunas, sino que todas las poblaciones serán municipios.

Otorga lo que indica “autonomía en los órdenes institucional, político, administrativo, económico y financiero.

Determinan que los municipios que tengan más de 10.000 habitantes pueden dictar sus propias Cartas Orgánicas Municipales, previendo para aquellos de menos cantidad de población que tendrán un gobierno local, “elegido directamente por el pueblo; cuya organización necesariamente deberá garantizar el cumplimiento de la función ejecutiva y la función legislativa, elegidos de la misma manera, por el mismo plazo y con representación proporcional y órganos o sistemas de control».

Establece concretamente que «para determinar el número de habitantes se tomará como base el último censo nacional».

Establece para todos los cargos con función ejecutiva y los integrantes de los órganos con función legislativa de todos los municipios una duración de mandatos de cuatro años y reelegibles una sola vez de manera consecutiva.

Y agrega que “las transferencias de competencias, servicios o funciones por parte de la Provincia a los municipios deben realizarse en forma concertada, con aprobación legislativa provincial y local y con la correspondiente asignación de recursos por parte de la Provincia».

También el oficialismo dictaminó otorgando rango constitucional a las “áreas metropolitanas”, las “que pueden constituirse como personas de derecho público de carácter no estatal”.

Ahora, los dictámenes pasan a la comisión redactora para su pulido y remisión al plenario de la reforma constitucional.

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