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Santa Fe aprobó la ley de “Ficha Limpia” para proveedores y contratistas del Estado

La Legislatura provincial sancionó una normativa que impedirá contratar con el Estado a personas y empresas vinculadas a delitos graves. La iniciativa busca reforzar los mecanismos de transparencia, control e idoneidad en el manejo de los recursos públicos.

Además

La provincia de Santa Fe dio un nuevo paso en materia de transparencia institucional al aprobar la ley de Ficha Limpia para proveedores del Estado, una herramienta que establece requisitos más estrictos para quienes pretendan contratar con organismos públicos provinciales.

La normativa, impulsada por la diputada provincial Lionella Cattalini, impide que personas físicas o jurídicas con antecedentes penales por determinados delitos puedan participar en licitaciones, concursos o contrataciones vinculadas al Estado santafesino.

 

Qué establece la nueva normativa

A partir de la sanción de la ley, quienes aspiren a convertirse en proveedores del Estado deberán presentar un certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia.

La exigencia alcanza no solo a las personas que se presenten como oferentes, sino también a:

  • Socios de empresas.
  • Integrantes de órganos de administración y fiscalización.
  • Representantes legales.
  • Miembros de uniones transitorias de empresas (UTE).
  • Empresas que integren consorcios o asociaciones para contratar con el Estado.

En caso de que la documentación requerida no sea presentada o no cumpla con los requisitos establecidos, la oferta podrá ser rechazada de manera automática.

Además, la autoridad encargada de cada contratación deberá verificar la vigencia y validez de los antecedentes antes de concretar cualquier adjudicación.

 

Qué delitos impiden contratar con el Estado

La ley contempla una amplia nómina de delitos que inhabilitan a personas y empresas para convertirse en contratistas de la administración pública provincial.

Entre ellos se encuentran:

  • Delitos contra la administración pública y hechos de corrupción.
  • Delitos económicos y financieros.
  • Homicidios.
  • Delitos contra la integridad sexual.
  • Trata de personas.
  • Secuestros.
  • Delitos contra la propiedad.
  • Delitos contra el orden constitucional.

Más controles sobre el uso de fondos públicos

Desde los sectores que impulsaron la iniciativa señalaron que el objetivo es garantizar que quienes mantengan vínculos comerciales con el Estado cumplan con estándares mínimos de conducta e idoneidad moral.

La nueva legislación apunta a fortalecer los mecanismos de control sobre el destino de los recursos públicos y a evitar que personas o empresas con condenas por delitos graves puedan beneficiarse mediante contrataciones estatales.

Con la sanción definitiva, el Poder Ejecutivo provincial quedó habilitado para avanzar en la implementación de los convenios y sistemas de verificación necesarios para aplicar la norma en todos los procesos de contratación pública.

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