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Laguna Paiva II: condenaron a cuatro expolicías y a un exfuncionario judicial por delitos de lesa humanidad

Las penas van de 9 a 18 años de prisión por secuestros, torturas, allanamientos ilegales y abandono de menores. El juicio reconstruyó la persecución contra trabajadores ferroviarios, dirigentes gremiales y sus familias durante la última dictadura.

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La Justicia Federal de Santa Fe condenó este viernes a cuatro expolicías y a un exfuncionario judicial por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar, en el marco de la causa conocida como Laguna Paiva II.

El juicio permitió reconstruir una serie de secuestros, tormentos, allanamientos ilegales y otros hechos represivos que tuvieron como principales víctimas a trabajadores ferroviarios, dirigentes gremiales y obreros de distintas localidades de la provincia, además de sus familias y niños.

El fallo fue dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, integrado por los jueces Ricardo Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano, luego de un debate en el que se analizaron hechos que afectaron a 34 víctimas.

Las penas para los cinco acusados

La sentencia estableció penas de entre 9 y 18 años de prisión para los responsables juzgados.

Los condenados son:

  • Antonio Parvellotti: 18 años de prisión.
  • Eduardo Enrique Riuli: 15 años de prisión.
  • Víctor Hermes Brusa: 14 años de prisión.
  • Alberto Cayetano Valdez: 9 años de prisión.

La investigación alcanzó a integrantes del Departamento de Informaciones D-2 de la Policía de Santa Fe y a un exfuncionario judicial, señalados por su participación en distintos episodios del aparato represivo.

 

La persecución contra trabajadores ferroviarios

Uno de los aspectos centrales del juicio fue la reconstrucción de la persecución sistemática contra trabajadores organizados, especialmente empleados ferroviarios de Laguna Paiva, una ciudad históricamente vinculada con la actividad ferroviaria y sindical.

También fueron analizados hechos que tuvieron como víctimas a trabajadores del Frigorífico Nelson y a otros obreros de la región.

Durante el debate, la Fiscalía y las querellas plantearon que los secuestros y torturas no fueron episodios aislados, sino parte de una estrategia destinada a desarticular la organización sindical, perseguir a dirigentes y disciplinar al movimiento obrero mediante el terror.

Secuestros, torturas y centros clandestinos

Los hechos juzgados se produjeron principalmente entre febrero y junio de 1980 y tuvieron como escenario distintas localidades de Santa Fe y otras jurisdicciones.

Entre ellas aparecen Laguna Paiva, Esperanza, Ceres y Santo Tomé, además de la localidad bonaerense de Lima.

De acuerdo con la reconstrucción realizada durante el juicio, las víctimas eran secuestradas y trasladadas a distintos lugares utilizados por las fuerzas represivas, entre ellos el Departamento de Informaciones D-2 de la Policía de Santa Fe y dependencias de la Guardia de Infantería Reforzada (GIR).

En esos espacios eran sometidas a tormentos físicos y psicológicos y, posteriormente, obligadas a firmar declaraciones obtenidas bajo coerción. Parte de esa documentación era incorporada luego a expedientes judiciales.

Un caso que también involucró a niños

Uno de los episodios reconstruidos durante el debate fue el secuestro de Arnaldo Catalino Páez y Juana Tomasa Medina, ocurrido el 15 de febrero de 1980 en una ladrillera de la localidad bonaerense de Lima.

El operativo también alcanzó a uno de los hijos de la pareja.

El caso fue incorporado al proceso como una muestra del impacto que tuvo la represión estatal sobre los grupos familiares, incluidos niños que quedaron expuestos al accionar de las fuerzas represivas.

La acusación por genocidio

Durante los alegatos, el abogado querellante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Federico Pagliero, sostuvo que los hechos debían ser considerados en el marco de un genocidio, al entender que la represión estuvo dirigida contra un sector determinado de la sociedad, particularmente los trabajadores organizados.

El tribunal no adoptó esa calificación jurídica en su sentencia.

De todos modos, el fallo de Laguna Paiva II constituye un nuevo avance en los procesos de Memoria, Verdad y Justicia y permite profundizar el conocimiento sobre el funcionamiento del aparato represivo en Santa Fe durante la última dictadura.

La sentencia también vuelve a poner bajo análisis la participación de integrantes de las fuerzas policiales y del ámbito judicial en la persecución, detención y sometimiento de trabajadores y sus familias.

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