Anunciaron novedades para la línea de crédito a cooperativas en Emergencia Agropecuaria

La Secretaría de Agroindustria y el Banco de la Nación Argentina (BNA) anunciaron una bonificación de tasa del 10% en la línea de crédito que se lanzó en marzo pasado.

La Secretaría de Agroindustria y el Banco de la Nación Argentina (BNA) anunciaron una bonificación de tasa del 10% en la línea de crédito que se lanzó en marzo pasado para las cooperativas agropecuarias integradas por productores en situación de emergencia o desastre.

Se trata de un pedido que la Federación Agraria Argentina (FAA) le hizo al secretario de Agroindustria, Luis Miguel Etchevehere, durante la audiencia con las entidades de la Mesa de Enlace. Durante ese encuentro, FAA reclamó un mecanismo para refinanciar los pasivos para que los productores afectados puedan continuar en actividad.

De esta manera, las cooperativas agropecuarias de primer grado que cuenten con una solicitud de crédito declarada elegible por la Secretaría de Agroindustria podrán acceder a financiar capital de trabajo a productores agropecuarios cooperativizados que no sean sujetos de crédito para el sistema financiero por falta de garantía por un monto de hasta $500.000 por productor.

Por su parte, la cartera agroindustrial bonificará 10 puntos porcentuales anuales durante el primer año del crédito sobre la tasa de la Reglamentación N° 700, según destino, plazo y tipo de cliente.

Para poder acceder a estos créditos, las cooperativas deberán presentar en la sucursal del banco que le corresponda la Declaración Jurada, en la cual deberá constar el detalle de productores a financiar, monto solicitado por cada uno de ellos, plazo previsto y copia del certificado de declaración de emergencia y/o desastre agropecuario. Conjuntamente, deberán presentar cheque o pagaré suscripto por cada productor, caucionado a favor del banco, avalando el monto que la cooperativa le garantiza al mismo y toda aquella documentación que el banco estime conveniente.

Los fondos serán desembolsados por el banco en la cuenta de la cooperativa y automáticamente transferidos al productor en función de su Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y de su Clave Bancaria Uniforme (CBU) informada, salvo que el productor solicite formalmente al banco que el préstamo que le corresponda no le sea transferido totalmente, de acuerdo a lo que éste convenga con la cooperativa.

El sujeto de crédito obligado para con el banco serán las cooperativas agropecuarias, no obstante ello los productores beneficiarios finales de la financiación deberán cumplimentar con las disposiciones internas del banco.

El primer pago se realizará a los 12 meses de efectivizado el préstamo y la garantía será a satisfacción del BNA; mientras que la amortización en todos los casos se liquidará mediante el sistema alemán, con amortizaciones mensuales, trimestrales o semestrales, de acuerdo al flujo de fondos del solicitante.

Toda la información deberá ser entregada en formato electrónico ante el banco, que la remitirá para su elegibilidad al Ministerio mediante correo electrónico.

La línea estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2018, o hasta el vencimiento de la Reglamentación N° 517 del banco, o hasta la ejecución total del cupo de crédito bonificable, lo que ocurra primero.

Fuente: Infocampo