Boudou seguirá con prisión domiciliaria pero deberán dictar un nuevo fallo

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El máximo tribunal penal del país sostuvo que el fallo tuvo “vicios procesales”. Próximo a cumplir el tiempo requerido para obtener la libertad condicional, el exvicepresidente seguriá cumpliendo arresto domiciliario. 


La Cámara Federal de Casación anuló este martes por “vicios procesales” el fallo que revocó la prisión domiciliaria al exvicepresidente Amado Boudou y ordenó al Tribunal que lo condenó en el caso Ciccone realizar una audiencia oral y pública entre todas las partes, antes de volver a tomar una decisión.

En un fallo unánime, los camaristas de la sala IV, Angela Ledesma, Javier Carbajo y Mariano Borinsky, dispusieron que el juez de Ejecución del Tribunal Oral Federal 4 llame a una audiencia oral y luego vuelva a resolver si ordena o no la vuelta de Boudou a la cárcel para terminar de cumplir la condena a cinco años y diez meses de prisión.

La camarista Ledesma advirtió que el 30 de diciembre último el entonces juez de ejecución del TOF4 Daniel Obligado resolvió revocar la prisión domiciliaria concedida a Boudou en abril de 2020, sin escuchar los argumentos de sus abogados defensores, Alejandro Rúa y Graciana Peñafort.

“Se configuró una afectación al derecho de defensa de Boudou por cuanto el órgano judicial interviniente, de manera previa a resolver, omitió dar intervención a la defensa del dictamen fiscal presentado el 29 de diciembre de 2020”, sostuvo la jueza.

En ese dictamen, la fiscalía había reclamado la vuelta de Boudou a prisión y un día después, el 30 por la noche, Obligado tomó esa decisión y revocó el arresto domiciliario.

La medida quedó en suspenso y Boudou sigue con prisión domiciliaria porque su defensa apeló.

El no haber dado intervención a la defensa ante ese dictamen del fiscal les “impidió desarrollar su estrategia defensiva, incorporar nuevos argumentos y/o explicar los puntos más importantes de su oposición, todo lo cual redundó en la afectación a su derecho constitucional de defensa técnica eficaz”, agregó la jueza.

“Es que el derecho a ser oído de la persona sometida a proceso -en cualquiera de sus etapas-, alcanza su expresión real en una audiencia oral frente a un juez, pues en dicho momento procesal, se encuentra en óptimas condiciones de contestar cualquier imputación que se le formula e incorporar circunstancias y argumentos que considere necesarios para hacer valer su defensa”, concluyó.

Por otro lado, su colega de sala Mariano Borinsky remarcó que el 29 de enero último el juez de Ejecución aplicó el estímulo educativo y redujo en diez meses los plazos para que el exvicepresidente pueda pedir beneficios.

“De ello se desprende que Amado Boudou se encontraría próximo a alcanzar el requisito temporal de la libertad anticipada”, algo que también debe analizarse, agregó.

La decisión hizo lugar a una apelación de la defensa de Boudou, condenado a cinco años y 10 meses de prisión en la causa por la venta de la ex-Ciccone Calcográfica.

Casación dispuso “reenviar las actuaciones a su origen para que, previa audiencia contradictoria con la intervención de todas las partes involucradas, se dicte un nuevo pronunciamiento” sin “emitir opinión en cuanto al fondo de la cuestión”.