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El Gobierno reglamentó los cambios en la Ley de Reforma Laboral: quedarán excentos de ganancias alquileres y venta de inmuebles

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Este lunes se publicó en el Boletín Oficial el decreto 406/2026 que modifica la reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias y define el alcance de los beneficios aprobados por el Congreso.


Con la reglamentación de los cambios en la Ley de Reforma Laboral se confirmó uno de los cambios más importantes: la exención para los alquileres destinados a vivienda. El decreto establece que las ganancias derivadas de la locación o sublocación de inmuebles con destino a “casa-habitación” quedarán exentas del impuesto para los períodos fiscales iniciados desde el 1° de enero de 2026.
La norma define como “casa-habitación” al inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente de quien la habita. Además, aclara que el beneficio no sólo alcanza al alquiler propiamente dicho, sino también a los importes cobrados por muebles, accesorios y otros servicios incluidos en el contrato.
El texto oficial precisa que la exención se aplicará a todas las unidades que una persona humana o sucesión indivisa alquile con destino exclusivo a vivienda, es decir que no cambia si ese contribuyente tiene más de un inmueble en alquiler.
El beneficio regirá independientemente de la fecha en que haya sido firmado el contrato de alquiler, siempre que las rentas se devenguen a partir de 2026.
El decreto también reglamenta una segunda exención incorporada por la reforma laboral: la que alcanza a los resultados obtenidos por la venta de inmuebles y por la transferencia de derechos sobre inmuebles ubicados en la Argentina.
Según la norma, quedarán alcanzadas las personas humanas y sucesiones indivisas, tanto residentes como no residentes, siempre que la operación se concrete a partir del 1° de enero de 2026 y se encuentre comprendida dentro de los supuestos previstos por la Ley de Impuesto a las Ganancias.
La reglamentación aclara además que el beneficio no se limita a la venta directa de una propiedad. También incluye la transferencia de derechos sobre inmuebles, como la cesión de boletos de compraventa u otros compromisos similares cuando impliquen la transferencia de derechos económicos vinculados a una propiedad.
Según los considerandos de la norma, el objetivo es “brindar certeza y garantizar la efectiva aplicación” de las nuevas exenciones incorporadas por la reforma.

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