La Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe informó que los ciudadanos tienen plazo hasta el miércoles 24 de diciembre para realizar la justificación del no voto correspondiente a las elecciones nacionales del 26 de octubre. El trámite puede realizarse de forma virtual, ingresando al sitio infractores.padron.gob.ar, o de manera presencial en las oficinas de la institución.
Según el Código Electoral Nacional, la inasistencia a votar se encuentra justificada en los siguientes casos:
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Jueces y sus auxiliares que debieron mantener abiertas sus oficinas durante la jornada electoral.
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Personas que se encontraban a más de 500 kilómetros de su lugar de votación por motivos razonables.
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Enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, debidamente comprobada.
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Personal de organismos y empresas de servicios públicos que no pudo asistir por razones laborales.
Documentación requerida:
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Para jueces, auxiliares y personal de servicios públicos: constancia de desempeño laboral durante las horas de votación.
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Para quienes estuvieron fuera de su distrito: certificado extendido por la autoridad policial del lugar donde se encontraban.
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Para enfermos o imposibilitados: certificado emitido por médicos oficiales, provinciales, municipales o particulares.
Cómo realizar el trámite:
En infractores.padron.gob.ar, se deben ingresar los datos personales y el código de verificación; el sistema indicará si la persona figura como infractora. En caso afirmativo, podrá solicitarse la justificación correspondiente adjuntando la documentación necesaria o, alternativamente, optar por el pago de la multa.
Para quienes no puedan hacerlo de manera virtual, la Cámara Nacional Electoral habilitó la posibilidad de tramitarlo presencialmente en las sedes de la Defensoría del Pueblo. Los interesados deberán presentar su documento de identidad y la documentación que respalde la justificación.
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En Rosario, la oficina se encuentra en Pasaje Álvarez 1516.
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En Santa Fe, funciona en San Jerónimo 2721.
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Las demás sedes descentralizadas pueden consultarse en: www.defensoriasantafe.gob.ar/delegaciones.
Penalidades por no justificar el voto:
Quienes no justifiquen su ausencia deberán abonar una multa y serán incorporados al Registro de Infractores al Deber de Votar. Además, no podrán desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años y, si no abonan la multa, quedarán inhabilitados para realizar trámites ante organismos estatales durante un año.





