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viernes, diciembre 5, 2025
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La justicia absolvió a un acusado de abuso porque la víctima es obesa

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En un escandaloso fallo judicial, un hombre fue absuelto de los cargos de abuso sexual con acceso carnal por los que había sido denunciado por su expareja,luego de que su defensora oficial dijera que «estamos analizando un ataque contra una mujer obesa».
Al analizar los hechos y testimonios, las juezas Patricia Reyes, Marcela Pérez y Patricia Asaro determinaron que no se pudo comprobar el acoso sexual.
Sin embargo, lo que más llamó la atención fue el criterio de la defensora oficial: «No es a los fines de hacer una acción discriminatoria ni es mi ánimo ofender la intimidad de la señora. Tenemos que trabajar sobre hechos reales y no con sentimentalismos. Lo que voy a decir la señora fiscal lo puede acreditar: estamos analizando un hecho de abuso sexual de una mujer obesa», expresó María Angélica Leyba durante los alegatos.
El presunto ataque se desencadenó en la casa de la víctima en octubre de 2016. En ese momento se presentó su ex pareja y padre de su hijo. Después de una discusión, el hombre la llevó por la fuerza a su dormitorio y la obligó a mantener relaciones sexuales.
El protocolo de casos de abuso sexual dio resultado positivo y el caso fue calificado como «abuso sexual con acceso carnal» por parte de la Fiscalía. Sin embargo, para la defensora lo que ocurrió fue una relación sexual consentida y no hubo delito.
La defensora Leyba indicó durante la audiencia que remarcar la obesidad de la víctima «no es ofensivo» y se expresó contra las evaluaciones de la fiscal. Parte de su alegato se basó en la dificultad de quitar una calza a una persona con exceso de peso.
«El señor le sacó la calza, y yo me pregunto si a una persona obesa puede un hombre que pesa 75 kilos forzarla a sacarle una calza. La calza es una prenda de vestir que no es de fácil acceso para colocarla o sacarla. No hace falta que le explique al Tribunal lo molesto o dificultoso que resulta sacarse una calza», sostuvo la abogada.
Para la defensora oficial, no bastó como prueba que la Fiscalía haya aportado «una bombacha de escasísimas dimensiones que tenía manchas hemáticas»; esto es, con rastros de sangre. Insistió con su teoría: «¿Dónde está la calza? Si fue forzada a sacarse esa calza debería estar rota, no solo por la fuerza de la víctima sino la fuerza de la prenda de vestir».
Finalmente, el tribunal descartó la veracidad del relato de la agredida y resolvió absolver al acusado al no haberse podido corroborar que no hubo consentimiento en el acceso carnal. La Fiscalía adelantó que apelará el fallo.
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