Municipios y Comunas: criterios de aplicación del Aislamiento Preventivo y Obligatorio

Sugerencias de FESTRAM teniendo en cuenta las disposiciones del decreto nacional Nº 297/2020.


Tomamos como ejemplo a seguir lo acordado entre el Sindicato y el Municipio de Funes que podrá ser útil como guía de trabajo.

  • En esa ciudad se resolvió que a partir de las cero horas del día Viernes 20 de Marzo, solo se trabajará con guardias mínimas en los centros de salud. No obstante ello, TODO el personal del área salud debe estar a disposición de las Autoridades según lo requieran y lo determinen.
  • Recolección de residuos se hará día por medio.
  • Todo el personal administrativo no debe presentarse a trabajar, así como el personal de mantenimiento y producción. Excepto aquellos que están vinculados o deben dar soporte a las tareas de emergencia tanto ante la pandemia del coronavirus como la epidemia del dengue.
  • Todo el personal de control urbano y defensa civil debe presentarse al trabajo y se confeccionará un protocolo de emergencia y controles en la vía pública y accesos a la ciudad.
  • El personal de tránsito trabajará con guardias mínimas y en conjunto con control urbano y defensa civil en los controles que se llevarán a cabo mientras dure la emergencia.
  • Cementerio estará cerrado y solo se harán inhumaciones.
  • El personal que no deba presentarse al trabajo, deberá permanecer en sus domicilios y solo podrá salir para la compra de insumos de primera necesidad, alimentos, medicamentos, etc. O para concurrir al médico.

Adjuntamos información de utilidad sobre las recomendaciones para la correcta utilización de los elementos de protección personal que fuera emanada por el Gobierno Nacional a través del siguiente link:

https://www.argentina.gob.ar/salud/coronavirus-COVID-19/recomendaciones-uso-epp

Es necesario requerir los actos administrativos pertinentes a los fines que las autoridades asuman la responsabilidad que les corresponde y sean a su vez justificativos ante la autoridad policial que patrullará las calles.

LAS MEDIDAS QUE SE DETERMINEN ALCANZAN A LA TOTALIDAD DEL PERSONAL SEA ESTE EFECTIVO O REVISTA CUALQUIER OTRA MODALIDAD DE TRABAJO.

Nuevamente repetimos que TODO el personal queda a disposición si se lo convoca para alguna emergencia

Por último, es dable destacar que toda esta información puede modificarse una vez se conozcan los alcances del Decreto Provincial que complementará en el territorio lo dispuesto por el Decreto Nacional que determina el aislamiento preventivo y obligatorio ante la pandemia del Covid-19.

La autoridad jurisdiccional es la responsable de aplicar la emergencia en esta pandemia para evitar que se propague en el conjunto de la población. Es por ello que se deben resguardar sólo los servicios básicos esenciales y preservar al conjunto de las y los municipales/comunales integrantes de la misma comunidad, por lo que, abusar de disposiciones que obliguen a los trabajadores a realizar tareas o permanecer en los lugares de trabajo sin que sea parte de las acciones de emergencia es un delito grave penado por la ley y pasible de denuncia.

Se recomienda cumplir estrictamente con lo establecido a nivel nacional y provincial, para que entre todos podamos terminar en el menor tiempo posible con esta pandemia.