En el primer día activo, se pidieron 30.000 créditos a tasa cero

En las primeras horas de vigencia de la línea, ya se tramitaron más de 30 mil créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.

Durante la jornada se observaron dificultades en el home banking de los bancos producto del alto tráfico generado este lunes aunque desde el gobierno afirmaron que esperan que los problemas se solucionen en las próximas horas.

Cómo tramitarlo

Para hacerlo deberán ingresar al sitio web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), ingresar a su cuenta con Clave Fiscal (nivel de seguridad 2) y clickear en la opción “Crédito Tasa Cero”.

Una vez dentro se le informará si está en condiciones de solicitar el crédito y, de estarlo, cuál es el monto máximo que puede pedir de acuerdo con su categoría.

Quienes puedan pedir el crédito deberán confirmar que quieren hacerlo y completar una serie de datos: monto de préstamo que desea solicitar, Clave Bancaria Uniforme (CBU) y número de tarjeta de crédito asociada al mismo banco de la cuenta que se está informando.

A través de la tarjeta se acreditará el total del crédito en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas con un máximo de $150.000.

En caso de no tener un tarjeta de crédito, el Banco Central (BCRA) ordenó a las entidades financieras que le garanticen una estos clientes sin ningún costo, de modo que pueda utilizar el crédito que le fue asignado.

Al finalizar la carga de la información la AFIP le enviará los datos al Central para que los verifique y, en caso de que se determine que la solicitud no puede avanzar, el organismo recaudador le informará al solicitante los motivos por los cuales se le deniega el crédito.

La AFIP también le informará al Central las cuotas impositivas y previsionales del Monotributo para los períodos fiscales de mayo, junio y julio de modo que ese dinero se sume al crédito recibido para que la AFIP pueda descontarlo en concepto de pago de esas obligaciones.

Quienes estén adheridos al débito automático deberán solicitar un “stop debit” por los períodos fiscales que se cancelen con esta modalidad, según prevé el mecanismo establecido por la AFIP.