Consejos para la compra online de regalos por el “Día de la Madre”

La Dirección de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor emitió una serie de recomendaciones a la ciudadanía, y destacó que pronto estará vigente el “botón de arrepentimiento” para compras on line. 


El Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología, a través de la Dirección de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor de la Secretaría de Comercio Interior, emitió una serie de consejos a la ciudadanía ante la proximidad de las compras de regalos por el Día de la Madre.

Entre las recomendaciones brindadas, indican que es aconsejable contar con información sobre las características del producto que se va a adquirir. Si son productos eléctricos, verificar las etiquetas de consumo de energía y también las condiciones de seguridad, para prevenir potenciales daños a la salud. En tanto ,que el precio y demás condiciones publicadas deben ser respetadas, y de contado, con débito o tarjeta de crédito, en un solo pago, debe ser el mismo.

En el caso de operar con tarjetas de crédito, es recomendable verificar el límite de compra de la tarjeta, la posibilidad del pago en cuotas y las condiciones del mismo. También es importante chequear el costo financiero total porque el mismo puede incidir en el monto que finalmente se abone por el producto.

Además, desde la mencionada área de Gobierno, se informa que por Ley los productos nuevos cuentan con una garantía de seis meses (contados a partir de la entrega del producto) por defectos o mal funcionamiento.

COMPRAS POR INTERNET

Resaltando la importancia que han adquirido en estos tiempos de pandemia las compras vía web o “a distancia” en general, desde la Dirección de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor hicieron hincapié en los siguientes puntos:

>> Verificar que la web de compra sea un sitio seguro (que comience con https://) antes de ingresar datos personales y/o de las tarjetas de crédito o débito.

>> Chequear los costos, medios y plazos de envío. Así como también las políticas de la empresa sobre cambios del producto.

>> Derecho de arrepentimiento: Las compras pueden revocarse por el consumidor en el plazo de 10 días desde la operación o la entrega del producto, lo que ocurra último.

El pasado 5 de octubre se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución N° 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior de la Nación que establece con carácter de obligatorio, para los proveedores que comercialicen bienes y servicios a través de páginas o aplicaciones web, tener publicado en la página de inicio del sitio de internet institucional y en un lugar destacado el link denominado “Botón de arrepentimiento”, mediante el cual el consumidor podrá solicitar la revocación de la aceptación del producto comprado o del servicio contratado, sin que se le exija ninguna registración previa.

Los proveedores tienen un plazo de 60 días corridos contados a partir de la publicación en el Boletín Oficial para adecuar sus sitios de Internet de acuerdo a ello.

Por consultas o reclamos, dirigirse a Defensa del Consumidor por alguna de las siguientes vías:

>> 0800 555 6768 (opción 3)

>> Trámite a distancia (TAD) en https://www.santafe.gob.ar/index.php/tramites/modul1/index?m=descripcion&id=127547

>> Ventanilla Única Federal (VUF) en https://www.argentina.gob.ar/produccion/defensadelconsumidor/formulario

>> Cualquier oficina municipal de Información al Consumidor (OMIC).

“Ahora existe la posibilidad de arrepentirse de una compra por internet”

En dialogo con Radio EME, el titular de la Secretaria de Derechos y Vinculación Ciudadana de la Municipalidad de Santa Fe, Franco Ponce de León, indicó que las empresas o aplicaciones deberán tener un botón de arrepentimiento y que no habrá costo para el cliente: “Deberán tener de forma obligatoria un botón que se lo conoce como ‘Botón de arrepentimiento’. Aquellas personas que adquieran productos o servicios, y se arrepientan, deberán emplear ese botón”.

Además, remarcó: “Las empresas tendrán 24 horas para devolvernos el número de reclamo, y luego brindar el dinero de ese servicio. Los gastos que tendrá la devolución de ese producto se hará cargo la entidad que lo brindó”.

Escuchá la nota completa en Radio EME: