Aumentó el precio de la RTO en Santa Fe: ¿cuánto cuesta desde ahora?

El valor de la RTO quedó valuado en 33 UF; es decir, 33 litros de nafta súper.

La Revisión Técnica Vehicular Obligatoria (RTO) subió de 13 a 21 mil pesos. La considerable actualización de la práctica requerida para poder circular por la provincia y el país.

La Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV) establece un Precio Único del Servicio, fijado en Unidades Fija (UF). Cada Unidad Fija (UF) equivale al precio que publica mensualmente la Agencia Provincial de Seguridad Vial correspondiente a un (1) litro de nafta súper de las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino de Santa Fe. El valor de la RTO quedó valuado en 33 UF; es decir, 33 litros de nafta súper.

Los incrementos en los talleres se dan casi en forma automática, cuando sube el combustible. Pero en estos últimos días, el precio se disparó. De acuerdo a lo informado, pasó de costar 13 mil pesos a 21 mil a partir de este jueves.

Desde un taller de la ciudad de Rosario, Mario el encargado, confirmó la escalada del precio y explicó que el valor de la práctica en Santa Fe es de 33 litros de nafta, entonces, el aumento del precio del combustible repercute en el de la revisión.

El objetivo de la revisión es asegurar el mantenimiento de las condiciones mecánicas de seguridad de los vehículos, generando reducción de los accidentes de tránsito causados por fallas técnicas y disminución de la contaminación ambiental, mejorando la calidad del aire.

La documentación expedida que acredita el cumplimiento de la RTO es el Certificado de Revisión Técnica Obligatoria apta y la Oblea aplicada sobre el parabrisas del vehículo, según se detalla en la web de la provincia de Santa Fe.

 

 

Los autos registrados en Rosario deben realizar la revisión en los Centros de Inspección Técnica Vehicular autorizados por la Provincia de Santa Fe: Diley (Francia 5873) e ISVA (Av. Uriburu y Circunvalación).

El trámite lo deben realizar los titulares de vehículos automotores, acoplados y semirremolques destinados a circular por la vía pública. Dependiendo del modelo de automóvil, será el tiempo de duración de la oblea:

  • Modelo 2010 hacía atrás la revisión debe ser anual.
  • Modelos Cero Kilómetro, es obligatoria a partir del tercer año y luego al segundo año transcurrido.
  • Modelo 2017, es obligatoria su revisión técnica a partir de enero de 2020. Producto de la pandemia de Coronavirus se extendió un año el plazo para su realización.
  • Vehículos que hayan sufrido un siniestro, ya que la Revisión Técnica Obligatoria pierde su vigencia y debe realizarse nuevamente.

Los titulares de vehículos que hayan perdido o extraviado el Certificado de Revisión Técnica Obligatoria o en el caso de que el parabrisas donde está colocada la oblea o la oblea misma se hayan deteriorado.

Para realizar el trámite el titular debe llevar consigo:

  • Cédula de Identificación del vehículo (Tarjeta verde)
  • Título de propiedad del automotor
  • CUIT o CUIL del titular registral
  • Licencia de conductor, vigente y de Clase acorde a la Categoría de vehículo que se va a revisar
  • Seguro Obligatorio
  • Último recibo de patente pago
  • Si el automóvil cuenta con un tubo de Gas Natural Comprimido (GNC), se deberá incluir:
  • Cédula de Identificación del Equipo para GNC (tarjeta amarilla)
  • Oblea de identificación, conforme disposiciones de la Ley 24076 y resoluciones reglamentarias y Resolución 2768/2002 y cc.

 

Unidades Fijas (UF)

El costo de la revisión se establece a través de una fórmula que confeccionó la Agencia Provincial de Seguridad Vial (APSV). “Establece un Precio Único del Servicio, fijado en Unidades Fijas (UF). Cada Unidad Fija (UF) equivale al precio que publica mensualmente la Agencia Provincial de Seguridad Vial correspondiente a un (1) litro de nafta súper de las estaciones de servicio YPF del Automóvil Club Argentino de Santa Fe“.

Según la tabulación de la APSV los vehículos de categorías técnicas M1 (automóvil, casa rodante motorizada de menos de 3.500 kg.) y N1 (vehículos de carga de menos de 3.500 kg: camioneta, furgón o utilitario de menos de 3.500 kg.) deben pagar el equivalente a 33 UF.