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jueves, marzo 5, 2026
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Causa AMIA: piden el procesamiento y la captura internacional de un jerarca iraní por el atentado

El titular de la UFI-AMIA, el fiscal federal Sebastián Basso, también solicitó el procesamiento de diez iraníes y libaneses en el marco de la misma causa.

Además

El fiscal federal Sebastián Basso, a cargo de la UFI AMIA, pidió el procesamiento de diez ciudadanos iraníes y libaneses acusados por el atentado contra la sede de la mutual judía, ocurrido el 18 de julio de 1994, y reclamó además la captura internacional de un nuevo sospechoso: Alí Asghar Hejazi, señalado como uno de los jerarcas del régimen iraní presuntamente involucrados en la planificación del ataque.

La presentación fue realizada este miércoles mediante una serie de dictámenes ya remitidos al Juzgado Federal N°6, subrogado por el juez Daniel Rafecas, y constituye un nuevo avance en la investigación del atentado que dejó 85 muertos y más de 140 heridos.

Según sostuvo la fiscalía, Hejazi habría tenido un rol central en la ejecución del plan criminal. De acuerdo con la reconstrucción del Ministerio Público, integraba el denominado Comité Vijeh, un organismo estatal en el que se habría reunido información, analizado el objetivo y elaborado la propuesta operativa para concretar el ataque contra la AMIA. Basso también solicitó que se lo impute formalmente, se ordene su captura internacional y se lo declare en rebeldía.

 

 

La acusación tomó impulso luego de las declaraciones prestadas en Francia por cuatro iraníes disidentes, quienes aportaron información considerada relevante por la fiscalía para profundizar la imputación sobre el nuevo acusado.

En paralelo, Basso requirió el procesamiento de los mismos diez acusados sobre los que Rafecas ya había habilitado el juicio en ausencia, ya que todos permanecen prófugos y cuentan con alertas rojas de Interpol desde 2006. Entre ellos figuran Alí Fallahian, ex ministro de Inteligencia; Alí Akbar Velayati, ex canciller; Mohsen Rezai, ex jefe de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, vinculado a la fuerza Al Quds.

Para la fiscalía, varios de esos ex funcionarios integraron el Consejo Supremo de Seguridad Nacional de Irán, ámbito en el que se habría aprobado la realización del atentado durante una reunión reservada celebrada en agosto de 1993.

También fueron incluidos en el pedido de procesamiento ex diplomáticos iraníes que se desempeñaron en Buenos Aires, como Hadi SoleimanpourMohsen Rabbani y Ahmad Reza Asghari, a quienes la investigación les atribuye haber formado parte de una estructura de inteligencia encubierta que reunió información sobre el objetivo y brindó apoyo logístico a los ejecutores.

La nómina se completa con integrantes de Hezbolá, entre ellos Salman Raouf Salman, sindicado como responsable de coordinar en la Argentina la fase final del atentado; su hermano Abdallah Salman, acusado de manejar fondos para financiar la operación; y Hussein Mounir Mouzannar, señalado por haber aportado documentación falsa para facilitar movimientos operativos.

En un dictamen de 201 páginas, Basso sostuvo que los acusados deben responder, en calidad de autores o partícipes, por los delitos de homicidio calificado agravado por odio racial o religioso, lesiones de distinta gravedad y daños, además de integración o colaboración con una organización armada con fines discriminatorios.

El fiscal afirmó que la investigación permitió consolidar la hipótesis de que la decisión, el financiamiento y la cobertura política del atentado surgieron desde las más altas esferas del régimen iraní, mientras que la ejecución material fue llevada adelante por la estructura operativa de Hezbolá.

Como medida cautelar, el representante del Ministerio Público también solicitó actualizar los embargos preventivos sobre los bienes atribuidos a los acusados, por una suma que supera los 741 mil millones de pesos. Además, propuso utilizar canales diplomáticos y redes oficiales para notificar a los prófugos sobre las resoluciones judiciales.

El planteo se produce en una etapa clave del expediente, ya que el avance de estas medidas resulta necesario para encaminar la causa hacia un debate oral y público bajo la modalidad de juicio en ausencia, mecanismo incorporado por la Ley 27.784.__IP__

Esa norma fue cuestionada por la defensa oficial de los acusados, que planteó su inconstitucionalidad ante la Cámara Federal de Casación Penal. El planteo ya fue rechazado tanto por Rafecas como por la Cámara Federal porteña, y ahora deberá resolver la Sala II del máximo tribunal penal.

 

Fuente: NA

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